REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO.

S-209-16
D.U.U.H

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.

Maracaibo, nueve (09) de noviembre de 2016.
206° y 157°
SOLICITUD: S-209-16
PARTE SOLICITANTE:
MONICA CHIQUINQUIRA LINARES SILVA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad no. V-11.858.681.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Vista la diligencia suscrita por la ciudadana ELVA MARIA SILVA DE LINARES plenamente identificada en actas, mediante el cual plantea su problemática sobre lo solicitado por este Tribunal por auto de fecha 14 de abril 2016, e indica que se tome en consideración los datos que se reflejan en los documentos consignados. De conformidad con lo previsto en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente de acuerdo al único aparte del artículo 4 del Código Civil, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a disposición expresa de la ley se Admite cuanto ha lugar en derecho. Para resolver sobre su procedencia, de conformidad con lo previsto en el parágrafo primero del artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, el Tribunal hace las siguientes consideraciones:
Ocurre la ciudadana MONICA CHIQUINQUIRA LINARES SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-11.858.681, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia, asistida por la abogada MARIA PATRICIA PRIETO inscrita en el Inpreabogado Nro. 77.733, solicitando se le declare a ella y a los ciudadanos ELVA MARIA SILVA DE LINARES, SONIA MERCEDES LINARES BRACHO, HUMBERTO JOSE LINARES BRACHO, JORGE DE JESUS LINARES BRACHO, ALBERTO JOSE LINARES SILVA, JAVIER GUSTAVO LINARES SILVA, IGNACIO ANTONIO LINARES SILVA, MARIA EUGENIA LINARES DE VILLALOBOS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-1.556.880, V-5.847.047, V-7.611.715, V-7.611.716, V-9.726.683, V-9.726.684, V-13.610.055, V-13.610.056 y en derecho de representación de la ciudadana premuerta DIANA MARITZA LINARES SILVA sus hijos HERIBERTO JESUS URDANETA LINARES, TAMAR ELIZA URDANETA LNARES Y AARON ABIUD URDANETA LINARES v del ciudadano premuerto JESUS ENRIQUE LINARES SILVA sus hijos EMANUEL JESUS LINARES ARIAS Y MOISES ELIAS LINARES ARIAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros, V-7.832.894, V-18.647.794, V-18.647.799, V-20.659.836, V-7.713.592, V-23.445.320 y V-26.388.816 respectivamente, suficientemente como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JESUS MARIA LINARES, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-1.089.199, falleció Ab-Intestato el día veintiuno (21) de agosto de 2015. La solicitante acompaña los siguientes documentos: 1) Copia certificada del acta de matrimonio



signada con el Nro. 324 de los ciudadanos ELVA MARIA SILVA DE LINARES Y JESUS MARIA LINARES plenamente identificados en actas; 2) Copia de las cedulas de identidad de los ciudadanos ELVA MARIA SILVA DE LINARES Y JESUS MARIA LINARES plenamente identificados en actas, 3) Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana SONIA MERCEDES LINARES BRACHO signada con el Nro. 547 emanada de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia; 4) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano HERIBERTO JOSE LINARES BRACHO signado con el Nro. 1057 emanada de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del estado Zulia; 5) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano JORGE DE JESUS LINARES signado con el Nro. 3006 emanada de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio maracaibo del estado Zulia; 6) Copia certificada del acta de defunción del de Cujus signada con el Nro. 1257, emanada de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del estado Zulia; 7) Copia certificada del acta de inserción del ciudadano ALBERTO JOSE LINARES SILVA signada con el Nro. 39 emanada de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia; 8) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano JAVIER GUSTAVO LINARES signada con el Nro. 3398 emanada de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del estado Zulia; 9) Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana MONICA CHIQUINQUIRA LINARES signada con el Nro. 2054 emanada de la Parroquia Chiquinquirá del municipio Maracaibo del estado Zulia; 10) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano IGNACIO ANTONIO LINARES SILVA signada con el Nro. 6646 emanada de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del estado Zulia; 11) Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana MARIA EUGENIA LINARES SILVA signada con el Nro. 7906 emanada de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del estado Zulia; 12) Copia certificada del acta de defunción de la ciudadana DIANA MARITZA LINARES SILVA signada con el Nro. 112 emanada del Registro Civil la Concepción del Municipio Jesús Enrique Lossada; 13) Copia de las cedula de identidad de los ciudadanos HERIBERTO JESUS URDANETA LINARES, TAMAR ELIZA URDANETA LINARES Y AARON ABIUD URDANETA LINARES; 14) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano AARON ABIUD URDANETA LINARES signada con el Nro. 808 emanada de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia; 15) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano HERIBERTO JESÚS IRDANETA LINARES signada con el Nro. 365 emanada Registro Civil del Municipio Jesús Enrique Lossada; 16) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano TAMAR ELIZA URDANETA LINARES signada con el Nro. 615 emanada Registro Civil del Municipio Jesús Enrique Lossada; 17) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano JESUS ENRIQUE LINARES SILVA signada con el Nro. 628 emanada de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia; 18) Copia certificada del acta matrimonio de los ciudadanos JESUS ENRIQUE LINARES SILVA Y ARELIS MILAGRO ARIAS ANDRADE signada con el Nro. 544 emanada de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del estado Zulia; 19) Copia de las cedula de identidad de los ciudadanos MOISES ELIAS LINARES ARIAS, EMANUEL JESUS LINARES ARIAS Y ARELIS MILAGRO ARIAS ANDRADE; 20) Copia de las cedula de identidad de los ciudadanos MARIA EUGENIA LINARES DE VILLALOBOS IGNACIO ANTONIO LINARES SILVA, MONICA CHIQUINQUIRA LINARES SILVA, JAVIER GUSTAVO LINARES SILVA Y ALBERTO JOSE LINARES SILVA; 21) Copia de las cedula de identidad de los ciudadanos JORGE DE JESUS LINARES BRACHO Y HUMBERTO JOSE LINARES BRACHO; 22) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano MOISES ALIAS LINARES ARIAS signada con el Nro. 405 emanada de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del estado Zulia; 23) Copia certificada del acta de nacimiento del ciudadano EMANUEL JESUS LINARES ARIAS signada con el Nro. 344 emanada de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio



Maracaibo del estado Zulia; 24) Justificativo de testigo debidamente evacuado por ante la Notaria Pública Segunda del Municipio Maracaibo del estado Zulia..
Seguidamente procede este Tribunal a exponer el criterio obtenido del análisis efectuado a los instrumentos acompañados a la presente solicitud, y en tal sentido observa que los instrumentos consignados en copias certificadas merecen fe pública y son valorados favorablemente, ya que no han sido objeto de tacha de falsedad, demuestran el fallecimiento del causante, y la filiación de los solicitantes. Una vez revisados los documentos consignados y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL DUODECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, DECLARA suficiente el derecho que tienen los ciudadanos MONICA CHIQUINQUIRA LINARES SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. V-11.858.681, ELVA MARIA SILVA DE LINARES, SONIA MERCEDES LINARES BRACHO, HUMBERTO JOSE LINARES BRACHO, JORGE DE JESUS LINARES BRACHO, ALBERTO JOSE LINARES SILVA, JAVIER GUSTAVO LINARES SILVA, IGNACIO ANTONIO LINARES SILVA, MARIA EUGENIA LINARES DE VILLALOBOS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-1.556.880, V-5.847.047, V-7.611.715, V-7.611.716, V-9.726.683, V-9.726.684, V-13.610.055, V-13.610.056 y a los ciudadanos HERIBERTO JESUS URDANETA LINARES, TAMAR ELIZA URDANETA LNARES Y AARON ABIUD URDANETA LINARES Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-18.647.794, V-18.647.799 y V-20.659.836 respectivamente, por derecho de representación de la ciudadana premuerta DIANA MARITZA LINARES SILVA quien era venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nro. V-7.832.894 y los ciudadanos EMANUEL JESUS LINARES ARIAS Y MOISES ELIAS LINARES ARIAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-23.445.320 y V-26.388.816 respectivamente, por derecho de representación del ciudadano premuerto JESUS ENRIQUE LINARES SILVA quien era venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nro. V-7.713.592, como UNICOS Y UNVERSALES HEREDEROS del causante JESUS MARIA LINARES, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-1.089.199. Déjese a salvo los derechos de terceros. ASÍ SE DECIDE.-

Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese una copia certificada para el archivo del Tribunal
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JUAN CARLOS CROES.-
EL SECRETARIO TEMPORAL,

ABG. RAFAEL ALVAREZ.-




JCC/RA/emb.-
D.U.U.H
S-209-16