REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA
Maracaibo, 10 de Noviembre de 2016
206° y 157°
EXPEDIENTE Nº: 3958
PARTE ACTORA: INNOVACIÓN EDITORIAL C.A.
PARTE DEMANDADA: NELIDA LEMUS DE MORALES
FECHA DE ENTRADA: 30 DE MARZO 2016
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (INTIMACIÓN)

Visto el desistimiento realizado por la profesional del derecho VARINIA HERNÁNDEZ CEPEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 83.172, actuando en condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil INNOVACIÓN EDITORAL C.A, parte actora en la presente causa, y homologado como fuere el mismo por resolución de fecha treinta y uno (31) de octubre de 2016, requerido por la representación judicial de la parte actora, el levantamiento de la medida preventiva decretada, procede este Juzgado a declara terminada la presente causa y, en este sentido, ordena la suspensión de la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha tres (03) de Mayo de 2015, que recayera sobre los siguientes bienes inmuebles constituido por: Unas bienhechurias consistentes en una Edificación comprendida por dos (02) locales comerciales en la planta baja y dos (02) apartamentos en la planta alta, así como también la superficie del terreno de mayor extensión que ocupa el referido inmueble, comprendida dentro de las siguientes medidas y linderos Generales: NORTE: En una extensión de DIECIOCHO METROS (18,00 Mts), con la Avenida Ramón Antonio Medina, Antigua Variante Sur Falcón Zulia . SUR: En una extensión de VEINTE METRO; CON CUARENTA, CENTRIMETROS (20,4OMts), con casa y solar de Germán Suárez. ESTE: En una extensión de, VEINTICUATRO METROS CON DIEZ CENTIMETROS (24,10 Mts), con Calle González. OESTE: En una extensión de ONCE METROS CON CUARENTA Y SEIS CENTIMETROS (11,46 Mts) con la Avenida, Ramón Antonio Medina, antigua Variante Sur Falcón Zulia, la referida edificación objeto de la presente venta se especifica a continuación: 1) LOCAL 3: en una extensión de CINCUENTA Y OCHO METROS CON OCHENTA Y CINCO CENTRIMETROS CUADRADOS (58,85mts), ubicado dentro de las siguientes linderos; NORTE: con la Avenida Ramón Antonio Medina. SUR: con area interna de la edificación. ESTE: Con Local 2. OESTE: Con local 4. Comprendido por una estructura de concreto armado losa nervada en entrepiso, paredes de bloque de arcilla e=15cm. Y friso liso, a base de cal en paredes y techo, pisos de granito, un (01) baño de cerámica en paredes y piso, instalación eléctrica sanitaria y contra incendio embutidas, piezas sanitarias y eléctricas , protectores metálicos en ventanas y puertas, tableros eléctricos empotrados, acometida eléctrica subterránea, banco de transformación de 50 KVA, Cerca perimental de estructura de concreto acabado liso, 2) LOCAL 4: En una extensión de SESENTA Y TRES METROS CON VEINTI CUATRIO CENTIMETROS CUADRADOS (63,24Mts2), ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: con Avenida Ramón Antonio Medina, SUR: con área interna de la edificación, ESTE: con Local 3. OESTE: con la avenida Ramón Antonio Medina. Comprendido por una estructura de concreto armado, losa nervada en entrepiso, paredes de bloque de arcilla e=15cm, friso liso a base de cal en paredes y techo, piso de granito, un (01) baño de cerámica en paredes y piso. Instalación eléctrica sanitaria y contra incendio embutidas, piezas sanitarias eléctricas, protectores metálicos en ventanas en ventanas y puertas, tableros eléctricos empotrados, acometida eléctrica subterránea, banco de transformación de 50 KVA. Cerca perimental de estructura de concreto, paredes de bloque e=15cm. Y friso liso, un (01) estacionamiento externo de concreto acabado liso 3) APARETAMENTO 1: En una extensión de CIENTO VEINTIOCHO METROS CON CUARENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (128,58 Mts2), ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: con la Avenido Ramón Antonio Medina. SUR: Con apartamento 2. ESTE: con calle González, OESTE: Con apartamento 2. Comprendido por una (01) sala-comedor, una (01) cocina, dos (02) habitaciones con baño, una (01) terraza, estructura de concreto armado, losa nervada, paredes de bloque en arcilla e=15c, friso liso a base de cal en paredes y techo, instalaciones eléctricas y sanitarias embutidas, piezas eléctricas y sanitarias, cerámica en piso y paredes en baños, cocina y servicios, pisos de madera laminada, protectores metálicos en puertas y ventanas, puertas de madera. 4) APARTAMENTO 2: En una extensión de CIENTO SESENTA Y NUEVE METROS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (169,73Mts2), ubicado dentro de los siguientes linderos: NORTE: con la Avenida Ramón Antonio Medina. SUR: con casa y solar de Germán Suárez. ESTE: Con calle González. OESTE: con avenida Ramón Antonio Medina. Comprendido por una (01) sala comedor, una (01) cocina, un (01) área de servicios, tres (03) habitaciones, dos (02) baños, una (01) terraza, estructura de concreto armado, losa nervada, paredes de bloque de arcilla e=15cm, friso liso a base de cal en paredes y techo, instalaciones eléctricas sanitarias embutidas, piezas eléctricas y sanitarias , cerámicas en piso y paredes en baños, cocina y servicios, pisos de madera laminada, protectores metálicos en puertas y ventana, puertas de madera. Ambos apartamentos constan de estacionamiento cenada para tres (03) vehículos; inmuebles propiedad de la demandada según consta en documentos protocolizados por ante la Oficina de Registro del Municipio Miranda del estado Falcón, en fecha 14-02-2011, bajos los Nos 1061, 1062, 1063, y 1064, así: Número 2011-1061, Asiento Registral 1 de inmueble matriculado con el No. 338.9.10.2.1177, correspondiente al libro de Folio Real del año 2011, Número 2011-1063. Asiento Registral 1 de inmueble matriculado con el No 338.9.10.2.1179, correspondiente al libro de Folio Real del año 2011, Número 2011,1064, Asiento Registral 1 de inmueble matriculado con el No 338.9.10.2.1180, correspondiente al libro de Folio Real del año 2011.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en Maracaibo a los diez (10) días del mes de Noviembre de dos mil dieciséis (2.016). Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
Déjese copia certificada de este fallo por secretaría conforme a lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZA PROVISORIA,
LA SECRETARIA
ABOG. CLAUDIA ACEVEDO ESCOBAR
ABOG. ÁNGELA AZUAJE ROSALES
En la misma fecha previo cumplimiento de las formalidades de Ley se dictó y publicó la anterior Sentencia, quedando anotada bajo el Nº 11
LA SECRETARIA

ABOG. ÁNGELA AZUAJE ROSALES