Sent206-2016
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo,
14 de Noviembre de 2016
206° y 157°
Recibida la anterior solicitud de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Poder Judicial del Estado Zulia, signada con el Nº 12520-2016 se le da entrada, y por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, fórmese expediente y numérese.- El ciudadano CARLOS EDUARDO GONZALEZ MONTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.804.769, asistido por la ciudadana abogado en ejercicio MARIA PATRICIA PRIETO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 77.733, domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, solicita se le declare suficientes los derechos que tiene el, su padre y sus hermanos, como Únicos y Universales Herederos de la causante THAIS SIOMARA MONTERO HERRERA, quien era venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.540.515 y falleciera en fecha 31 de Julio de 2016, en Jurisdicción de la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia.- El solicitante acompaña los siguientes documentos:1) Copia Certificada de Acta de defunción; 2) Copia Certificada del Acta de matrimonio; 3) Copias de cédula; 4) Copias certificadas de las Actas de Nacimiento 5) Justificativo de testigos evacuado por ante la Notaria Septima.de Maracaibo del Estado Zulia- Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tiene los ciudadanos CARLOS EDUARDO GONZALEZ MONTERO, REINALDO EMIGDIO GONZALEZ GARCIA, MARIA GABRIELA GONZALEZ MONTERO Y REINALDO JOSE GONZALEZ MONTERO, como Únicos y Universales Herederos de la causante THAIS SIOMARA MONTERO HERRERA. .- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente y expídanse las copias certificadas solicitadas.-
La Juez
Abog. Maria Idelma Gutiérrez
El Secretario
Abog. Gastón González U
En la misma fecha se devuelve constante de Trece (13) folios útiles y se dejó copia certificada para formar expediente Nº Sol.1644-2016, y se expidieron las copias certificadas solicitadas.-
El Secretario
Abog. Gastón González U
MIGV/GGU/SJSL.-