REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturin, 2 de Noviembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-000736
ASUNTO : NP01-P-2011-000736

AUTO DE CERTIFICACION DE FIRMEZA DE LA SENTENCIA

A los fines de verificar si transcurrió el plazo a que se contrae el artículo 111 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para que las partes interpongan Recurso de Apelación contra la Sentencia definitiva dictada en el presente asunto, se ordena efectuar por Secretaría el cómputo de los días hábiles transcurridos desde el día hábil siguiente a la publicación del texto íntegro de la sentencia dictada, hasta la presente fecha y con sus resultas se proveerá.

La Jueza
ABGA. Ivis Rodríguez castillo
La Secretaria
ABGA. GRACIELA CIRCELLI

La Suscrita Secretaria ABGA. GRACIELA CIRCELLI del Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas CERTIFICA: Que el día Lunes 14 de noviembre del año 2011, se dictó la dispositiva de la sentencia condenatoria por el procedimiento especial del artículo 375 del Código Orgánico procesal Penal, donde quedaron todas las partes notificadas, menos la víctima y la Publicación del texto íntegro se realiza dentro del lapso pertinente, y la víctima quedó debidamente notificada el 2 de septiembre del año 2016, de esta manera se verifica que quedaron todas las partes debidamente notificadas, de lo cual transcurrieron tres días de despacho los cuales son lunes 5, martes 6, y miércoles 7 de septiembre del año 2016 sin que se recibiera Recurso de Apelación contra la Sentencia Dictada. Conste.
LA SECRETARIA

ABGA. GRACIELA CIRCELLIS