REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, 3 de Noviembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-Q-2016-000002
ASUNTO : NP01-Q-2016-000002
Corresponde a este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en función de Control, Audiencia y Medidas de esta Circunscripción Judicial, emitir pronunciamiento en relación a la admisibilidad del escrito contentivo de Querella consignado por la ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD, asistida por el ABG. CARLOS DANIEL VENTURA, en contra del ciudadano ANDRÉS RAFAEL HERRERA PRIETO, en tal sentido, observa esta Juzgadora, luego de la revisión de la querella presentada que la misma no cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en los artículos 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el artículo 276 del Código Orgánico Procesal Penal, específicamente los previstos en el numeral 1, en cuanto a la edad, estado, profesión de la querellante y sus relaciones de parentesco con el querellado, 2, con respecto a la edad de la persona querellada; en consecuencia, este Tribunal ORDENA notificar a las ciudadanas SE OMITE SU IDENTIDAD, a los fines de que subsane dicha omisión en la presente querella, dentro del lapso de tres (3) días siguientes a su notificación, a objeto de emitir pronunciamiento con respecto a la admisión o no de la misma. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,
ABGA. MARTHA ELENA ÁLVAREZ SÁNCHEZ
La Secretaria,
ABG. ROSELÍN MENDOZA INAGAS