N° DE EXPEDIENTE: VP1-L- 2016-000668
PARTE ACTORA : ROBERTO SEGUNDO PEROZO PEROZO
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: MISAEL CARDOZO
PARTE DEMANDADA: VIGILANCIA Y SEGURIDAD INDUSTRIAL LOS ANDES, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA : TATIANA MUÑOZ .
MOTIVO : PRESTACIONES SOCIALES.



En el día hábil de hoy 29 de NOVIEMBRE de 2016, siendo las 10:00 de la MAÑANA para que tenga lugar a la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparece el abogado MISAEL CARDOZO y por la parte demandada la abogada en ejercicio TATIANA MUÑOZ donde de mutuo acuerdo han llegado al acuerdo con el fin de dar por terminado la presente causa, conviene en que la Sociedad Mercantil: VIGILANCIA Y SEGURIDAD INDUSTRIAL LOS ANDES, C.A. le ofrece cancelarle al ciudadano ROBERTO SEGUNDO PEROZO PEROZO , titular de la cedula de identidad numero 12.372.303,la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs 60.000 ) para la fecha 15 de diciembre del 2016. Ahora bien, visto lo acordado por las partes, previa mediación positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y por cuanto el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni las normas de orden publico, por lo que ambas partes solicitan se homologue el acuerdo celebrado se le de el carácter de cosa juzgada por lo tanto ,da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, este Tribunal no da por terminado la presente causa y no ordena el archivo definitivo del expediente hasta cumplir la obligacion . Así se decide.


La Juez.
La Secretaria.
Abog. Marianela Bravo.


Las Presentes