REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA CIRCUNSCRPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN CABIMAS
Cabimas, 16 de noviembre de 2016.
206° y 157°


Asunto: VP21-L-2015-000501

Parte Actora: NAIROBINSON ALFREDO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.169.683 domiciliado en el Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia.

Apoderada Judicial de
La Parte Actora: VILEIDIS RIVERA, Procuradora de Trabajadores del estado Zulia, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 155.350.


Parte Demandada: CONSTRUCTORA SANCHEZ, domiciliada en el Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia.

Apoderados Judiciales
de la Parte Demandada: No se constituyó.


Tercero Interviniente: MOISES SANCHEZ, titular de la cédula de identidad No. V- 5.726.173, domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia.

Abogado Asistente del
Tercero Intervine: HENRY ALVARADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 34.012



Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.



En el día hábil de hoy, dieciséis (16) de noviembre de dos mil dieciséis (2.016), siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia de la comparecencia del ciudadano MOISES SANCHEZ, en su condición de tercero interviniente, asistido por el abogado en ejercicio HENRY ALVARADO, así como de la incomparecencia de la parte demandante y la parte demandada, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a dicha audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.

Abg. LEONARDO BAUZA ACOSTA
JUEZ 4TO SME.



TERCERO INTERVINIENTE Y ABOGADO ASISTENTE


Abg. JANETH RIVAS
SECRETARIA
LBA.