REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, Nueve (09) de Noviembre de de Dos Mil Dieciséis (2016)
206º y 157º

ASUNTO: VP21-S-2014-000995


Parte Consignataria : JOSE REYES UMAÑA PIRELA Venezolano, mayor de edad, titular de las cedulas de identidad Nro V- 12.548.184, domiciliado en el Municipio Sucre Estado Zulia
Abogados Apoderados
De la parte Consignataria.-
No se constituyo apoderado alguno.

Parte Consignante:

C.A CENTRAL VENEZUELA , domiciliada en el Municipio Sucre del Estado Zulia.-

Abogado Apoderado
De la parte Consignante

YADIRA ANDEINA ESPINOZA ALVAREZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 161488



Motivo: Consignación De Prestaciones Sociales.


Hoy, Nueve (09) de Noviembre de de Dos Mil Dieciséis (2016) , siendo las 11:00 a.m , día y hora fijada para que tenga lugar la apertura de la audiencia para mediar sobre la Oferta Real de Pago realizada, se anuncia la misma y, se constituye este Tribunal bajo la dirección del Ciudadano Juez JAIRO SILVA RUIZ, quien declaró abierto éste acto , y constató la incomparecencia de ambas partes: Consignante y Consignataria , quienes no comparecieron ni por si ni por medio de representante o apoderado alguno , por lo que no fue posible la mediación en este asunto. En consecuencia siendo este procedimiento de jurisdicción no contenciosa, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, con sede en Cabimas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara en este acto: TERMINADO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE OFERTA REAL DE PAGO. Por ultimo por cuanto se observa de actas que existe dinero consignado en este asunto, no se ordena el archivo del mismo hasta tanto se resuelva su entrega respectiva. Años 206 ° y 157°.


Abg. JAIRO SILVA RUIZ
JUEZ 2° DE S.M.E.



Abg. JANETH RIVAS
SECRETARIA

JSR/jsr