REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 30 de mayo de 2016
205° y 157°

Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS y sus recaudos presentada por la ciudadana MARILYN COROMOTO PORTILLO BRACHO, venezolana, mayor de edad, soltera, Licenciada en Gestión Social, titular de la cédula de identidad N° 9.742.813, domiciliada en el municipio San Francisco del estado Zulia, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos NORBERTO ENRIQUE PORTILLO BRACHO, WILLIAM JOSE PORTILLO BRACHO, MARIELA JOSEFINA PORTILLO BRACHO, MARISELA DEL CARMEN PORTILLO BRACHO, MARIA SOL PORTILLO BRACHO y ELIZABETH DEL VALLE PORTILLO BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: 7.712.835, 7.795.082, 14.416.407, 7.935.323, 12.948.303 y 11.866.560 respectivamente, domiciliados en el municipio San Francisco del estado Zulia, debidamente asistida por la profesional del derecho, ciudadana ISABEL SAN JUAN, inscrita en el Inpre-Abogado bajo el No. 152.329. En consecuencia, este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho, en virtud de la entrada en vigencia de la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial N° 39.152 de fecha 02 de abril de 2009, se tramitará por este Órgano jurisdiccional. Ahora bien solicitó la ciudadana MARILYN COROMOTO PORTILLO BRACHO, antes identificada, que sea declarada ella conjuntamente con sus hermanos, ciudadanos NORBERTO ENRIQUE PORTILLO BRACHO, WILLIAM JOSE PORTILLO BRACHO, MARIELA JOSEFINA PORTILLO BRACHO, MARISELA DEL CARMEN PORTILLO BRACHO, MARIA SOL PORTILLO BRACHO y ELIZABETH DEL VALLE PORTILLO BRACHO, ya identificados, como únicos y universales herederos de su causante ROBERTO EMIRO PORTILLO CHACIN, quién era venezolano, mayor de edad, electricista jubilado, titular de la cédula de identidad N° 1.068.522, fallecido en fecha 10 de julio de 2014, en jurisdicción de la Parroquia Santa Lucía del municipio Maracaibo del estado Zulia. La solicitante acompañó junto a su solicitud los siguientes documentos: 1) Copia certificada del acta de defunción del causante ROBERTO EMIRO PORTILLO CHACIN, signada con el N° 99, año 2014, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Santa Lucía del municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 29 de julio de 2014; 2) Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano NORBERTO ENRIQUE PORTILLO, signada con el N° 218, año 1960, expedida por el Archivo Municipal de Maracaibo, la cual reposa en el tomo de expedientes de matrimonios N° 1748, año 1977, folio 182, en el Archivo General del Concejo Municipal de Maracaibo, en fecha 15 de agosto de 2014; 3) Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano WILLIAM JOSÉ PORTILLO BRACHO, signada con el N° 6302, año 1962, expedida por el Registro Principal del estado Zulia, en fecha 20 de octubre de 2015; 4) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana MARYLYN COROMOTO PORTILLO, signada con el N° 2334, libro 1-6, año 1964, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Chiquinquirá del municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 09 de febrero de 2011; 5) Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano MARIELA JOSEFINA PORTILLO BRACHO, signada con el N° 1167, año 1977, expedida por el Registro Principal del estado Zulia, en fecha 19 de octubre de 2015; 6) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana MARISELA DEL CARMEN PORTILLO, signada con el N° 1836, libro 1-5, año 1965, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Chiquinquirá del municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 15 de abril de 2011; 7) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana MARIA SOL PORTILLO, signada con el N° 1020, año 1960, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Chiquinquirá del municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 20 de agosto de 2014; 8) Copia certificada de la partida de nacimiento de la ciudadana ELIZABETH DEL VALLE PORTILLO, signada con el N° 772, año 1972, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Chiquinquirá del municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 20 de agosto de 2014; 9) Copia fotostática de la cédula de identidad de los ciudadanos NORBERTO ENRIQUE PORTILLO BRACHO, WILLIAM JOSE PORTILLO BRACHO, MARILYN COROMOTO PORTILLO BRACHO, MARIELA JOSEFINA PORTILLO BRACHO, MARISELA DEL CARMEN PORTILLO BRACHO, MARIA SOL PORTILLO BRACHO, ELIZABETH DEL VALLE PORTILLO BRACHO y del causante ROBERTO EMIRO PORTILLO CHACIN; 10) Justificativo de testigos evacuado por ante la Notaria Pública de San Francisco del estado Zulia, de fecha 02 de noviembre de 2015: 11) Copia certificada del acta de defunción de la premuerta ANA CECILIA BRACHO PORTILLO, signada con el N° 85, año 1991, expedida por el Registro Principal del estado Zulia, en fecha 14 de diciembre de 2015; 12) Copia certificada de acta de matrimonio suscrita entre los difuntos ROBERTO EMIRO PORTILLO CHACIN y ANA CECILIA BRACHO, signada con el N° 79, año 1954, expedida por el Registro Principal del estado Zulia, en fecha 15 de diciembre de 2015; 13) Copia certificada de la partida de nacimiento del ciudadano NORBERTO ENRIQUE PORTILLO, signada con el N° 218, año 1960, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Chiquinquirá del municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 05 de mayo de 2016. Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por la solicitante, este Juzgado dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud y en consecuencia, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los derechos del causante ROBERTO EMIRO PORTILLO CHACIN, a los ciudadanos MARILYN COROMOTO PORTILLO BRACHO, NORBERTO ENRIQUE PORTILLO BRACHO, WILLIAM JOSE PORTILLO BRACHO, MARIELA JOSEFINA PORTILLO BRACHO, MARISELA DEL CARMEN PORTILLO BRACHO, MARIA SOL PORTILLO BRACHO y ELIZABETH DEL VALLE PORTILLO BRACHO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.742.813, 7.712.835, 7.795.082, 14.416.407, 7.935.323, 12.948.303 y 11.866.560 respectivamente, domiciliados en el municipio San Francisco del estado Zulia. ASI SE DECIDE. Devuélvase estas actuaciones en original al solicitante y déjese copia certificada de la misma, a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. Se acuerda expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas.
LA JUEZA TITULAR

XIOMARA REYES
LA SECRETARIA ACCIDENTAL

CARMEN MATOS SUAREZ

XR/nld