REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, veinticuatro de mayo de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: OP02-V-2013-000644
Solicitante: HEBERTO MELO ARIAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 13.378.427.
MOTIVO: COLOCACION FAMILIAR EN FAMILIA EXTENDIDA
Siendo que en entrevista celebrada en fecha 16-05-2016, con el fin de aclarar lo relacionado con el niño del presente asunto, en virtud de los hechos expuestos por el ciudadano tío del niño de autos “cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la L.O.P.N.N.A”, quien expuso debidamente asistido por el Ministerio Público que su sobrino había regresado con su madre y desistia del presente asunto. Siendo que el reporte consignado por el Equipo multidisciplinario que consta al folio 21 del presente Asunto se evidencia que el niño esta con su madre en la ciudad de caracas y que estable con ella. Visto que se fijaron 4 entrevistas con la finalidad que el referido ciudadano ratificara tal información siendo imposible lograr su comparecencia. En tal sentido, este tribunal visto que la presente causa fue introducida por la Fiscalía VIII del Ministerio Público, y fue la misma parte solicitante debidamente asistida por la vindicta publica quien desistió de la misma, en consecuencia, y siendo que fue la misma fiscalía quien en la entrevista celebrada Ratifico la diligencia de fecha 28-07-2014, por cuanto el tío manifestó ante el despacho fiscal su deseo de no continuar con el presente procedimiento por cuanto el niño se encontraba bajo los cuidados de su madre, por lo que se solicita el cierre del presente asunto. En consecuencia, este tribunal procede a DAR POR TERMINADO EL PRESENTE ASUNTO, en virtud de lo expuesto por la vindicta publica, en virtud que no tiene razón de ser el presente asunto.
No hay condenatoria en costas.
Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los veinticuatro (24) días del mes de Mayo del año 2016. Años 205º de la Independencia y 157º de la Federación.
La Jueza
Liz Verónica López Morales
La Secretaria
Abg. Aranatxa Cedeño
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