ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-001303

PARTE ACTORA: DARIO BORJA LINEROS

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada MARIA GELVES, Inpreabogado N° 111.560.

PARTE DEMANDADA: ESTACION DE SERVICIO PANAMERICANA, C.A

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Carlos Del Pino y Gabriel Mosquera, Inpreabogado N° 126.431 y 109.546 respectivamente.

MOTIVO: Enfermedad Ocupacional y Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 23 de Mayo de 2016, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano DARIO BORJA LINEROS en su carácter de parte actora asistido por la apoderada judicial abogada María Gelves y ESTACION DE SERVICIO PANAMERICANA, C.A en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Carlos Del Pino, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará al demandante el día 30/05/16 en la sede del Tribunal la cantidad de doscientos sesenta mil bolívares (Bs. 260.000,00) con este pago se dan por satisfechos los conceptos reclamados en el libelo y que damos por reproducidos en la presente acta. La demandada se compromete a entregar al demandante los recaudos necesarios para solicitar la pensión de vejez por ante el Instituto Venezolano del Seguro Social (formas: 1403 y 14100). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado y se ordena no archivar hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y los respectivos anexos consignados en la Audiencia Preliminar.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: