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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal  de Sust. Med. y Ejec. del Trabajo de la Circuns. Judicial del Estado Bolivariano de  Nueva Esparta
 La Asunción, quince de marzo de dos mil dieciséis
 205º y 157º
 
 ASUNTO: OP02-L-2015-000289
 
 
 Vista la diligencia presentada en fecha 10 de marzo de 2016, por la ciudadana KARELYS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° V.- 18.776.081, asistida por el Abogado en ejercicio Schlaynker Johann Figueroa, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 80.073, mediante la cual expone: “Desiste del presente procedimiento por cuanto he llegado a un acuerdo con la empresa demandada”. En consecuencia, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por la parte actora, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dando por concluido el procedimiento y se ordenándose el archivo del expediente en su debida oportunidad. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
 El Juez
 
 
 Dr. Fidel Hernández
 La Secretaria
 Abg.
 FH/jrm.-
 
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