REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturin, 29 de Marzo de 2016
205º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2012-000505
ASUNTO : NP01-S-2012-000505
RESOLUCIÓN QUE ORDENA LIBERTAD INMEDIATA
Visto las actuaciones consignadas por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Subdelegación Maturín del Estado Monagas, DE FECHA 28/3/16 OFICIO : 9700—014 330 donde se practicó la aprehensión del Ciudadano Acusado: JOSÉ ALBERTO CORTEZ LEONETT, venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 08-03-1989, titular de la cédula de identidad Nº V-20.422.893, edad: 25 Años, residenciado en: EL TEJERO, CASA S/Nº, CALLE PRINCIPAL DEL SECTOR BELEN, CERCA DE UN ABASTO, EL TEJERO ESTADO MONAGAS, TELÉFONO: 0424-9093696 (PROPIO) y 0416-7994151 (EURIDIA LEONETT), por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previsto y sancionado en el Artículo 44 Ordinal Primero de la ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de una Niña de 12 años de edad, de quien se omite su identidad de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por orden de aprehensión ordenada por el Tribunal Segundo de Control Audiencias y Medidas de fecha 27 de marzo del año 2012, mediante OFICIO Nº: 2CV-944-12, no obstante; de una revisión minuciosa a las actas procesales se verifica que el Ciudadano acusado estuvo audiencia en fecha 18 de marzo del año 2013, donde se le otorgó una Medida cautelar cada 15 días de presentación ante el Servicio de Alguacilazgo, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 numerales 2,3, 8 del C.O.P.P. y se verifica que el Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas, no tuvo pronunciamiento en ordenar dejar si en efectos las órdenes de aprehensión, en consecuencia no se libraron los oficios respectivos. Motivo por el cual se mantienen en vigencia dicha orden de aprehensión. Por lo que este Tribunal, luego de ceder la palabra al Ciudadano ACUSADO JOSÉ ALBERTO CORTEZ LEONETT, venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 08-03-1989, titular de la cédula de identidad Nº V-20.422.893, quien se encuentra presente en esta sala, previo traslado del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, expone: Ciudadana Jueza yo no he faltado a mis presentaciones y hoy cuando me venía a presentar me capturaron. Por lo que este Tribunal de Juicio verificado exhaustivamente que el Ciudadano se encuentra en fase de Juicio y tiene fijada su Audiencia para la Apertura del juicio Oral y Público para la fecha LUNES 30 DE MAYO DE 2016, A LAS 02:00 HORAS DE LA TARDE, estima en aras de garantizar una Tutela Judicial Efectiva prevista en el artículo 26 del Texto Constitucional otorga LIBERTAD INMEDIATA al Ciudadano Acusado JOSÉ ALBERTO CORTEZ LEONETT, venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 08-03-1989, titular de la cédula de identidad Nº V-20.422.893, desde esta Sala de Audiencias, y se acuerda dejar sin efectos los oficios OFICIO Nº: 2CV-944-12 dirigido al Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas, OFICIO Nº: 2CV-941-12 JEFE DE INVESTIGACIONES PENALES DE LA POLICÍA DEL ESTADO MONAGAS OFICIO Nº: 2CV-942-12. DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA COMANDANTE DEL DESTACAMENTO 77 DE LA GUARDIA NACIONAL CON SEDE EN EL ESTADO MONAGAS. Leyendo el contenido íntegro de esta resolución al Ciudadano aprendido. Líbrese lo conducente
JUEZA DE JUICIO
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO
Acusado
JOSÉ ALBERTO CORTEZ LEONETT
Secretario
Abg. LUIS FIGUERA
|