ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-001831

PARTE ACTORA: JUAN LISBOA

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada PATRICIA SÁNCHEZ, KAREN RODRIGUEZ y EDRIS NAVARRO, Inpreabogado N° 96.841, 123.750 y 96.071 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: FERRE REPUESTOS PAOLA, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Argenis Amesty, Inpreabogado N° 146.308.

MOTIVO: Prestaciones Sociales y Otros

En el día hábil de hoy, 28 de Marzo de 2016, siendo las 9:19 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano JUAN LISBOA en su carácter de parte actora asistido por la apoderada judicial abogada Edris Navarro en su condición de Procuradora de Trabajadores y FERRE REPUESTOS PAOLA, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Argenis Amesty, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el día 01/04/16 al demandante en la Sede del Tribunal la cantidad de cien mil bolívares (Bs. 100.000,00), con este pago se dan por satisfechos los conceptos reclamados en el libelo y que damos por reproducidos en esta acta. Declara el demandante que nada queda a deber el demandante ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena no archivar hasta tanto conste en actas la totalidad del pago acordado. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y los respectivos anexos consignados en la audiencia preliminar.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: