REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (8) de Marzo de Dos Mil dieciséis (2016)

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-001122
PARTE ACTORA: REGULO SEGUNDO LINARES GUTIERREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: KAREN RODRIGUEZ DOMINGUEZ
PARTE DEMANDADA: B Y D CONSULTORES, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: B Y D CONSULTORES, C.A. y MOTIVO: WILLIAM ROMERO

Hoy, 8 de Marzo de 2016 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano REGULO SEGUNDO LINARES GUTIERREZ asistido por la abogada KAREN RODRIGUEZ inpreabogado numero 123.750 y la sociedad mercantil B Y D CONSULTORES, C.A. empresa esta representada por su apoderado judicial abogado WILLIAM ROMERO inpreabogado numero 148.336, dándose así inicio a la audiencia., las partes han llegado al siguiente acuerdo el cual es consignado en 1 folio agregando a las actas que conforman el presente asunto, el trabajador manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes y se ordena el archivo definitivo del presente asunto.
El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





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