TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 15 de junio de 2.016
206° y 157°
Por cuanto se dio cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha 17 de mayo de 2016 y en aplicación a la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152 de fecha 2 de abril de 2009, mediante el cual atribuye a los Juzgados de Municipios el conocimiento de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas y adolescente, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro de semejante naturaleza; este Tribunal la admite en cuanto a lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley.
Comparece la ciudadana THAYLI LORENA BRACHO URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.769.940, de este domicilio, asistida por la abogada MARINA HERRERA inscrita en el inpreabogado bajo el No. 113.448 domiciliado en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, solicitando se declaren suficientes los derechos que tiene ella y los ciudadanos JESICCA LORENA LOPEZ BRACHO, BISMARY COROMOTO LOPEZ FOSTER, ADRIANA MICHELE LOPEZ PIMENTEL, JESUS EDUARDO LOPEZ BRACHO Y EDUARDO DAVID LOPEZ BRACHO venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-7.769.940, V-18.395.776, V-19.328.528, V-19.409.744, V-23.741.804 y V-29.509.318, como Herederos Universales del causante JESUS EDUARDO LOPEZ FUENTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.798.944 y falleció en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 24 de febrero de 2005; observa el Tribunal que la solicitante acompañó los siguientes documentos: 1) Original del Justificativo de testigos evacuado por ante la Notaria Publica Cuarta de Maracaibo en fecha 11 de abril de 2016; 2) Copia certificada del Acta de matrimonio de los ciudadanos THAYLI LORENA BRACHO URDANETA y JESUS EDUARDO LOPEZ FUENTES signada con el No. 781, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa del estado Zulia, en fecha 27 de febrero de 2015; 3) Copia certificada del Acta de nacimiento de la ciudadana JESSISA LORENA LOPEZ BRACHO, signada con el No. 2906, expedida por la Unidad de Registro Civil de Coquivacoa del estado Zulia, en fecha 07 de julio de 2010; 4) Copia certificada del Acta de nacimiento de la ciudadana ADRIANA MICHELE LOPEZ PIMENTEL, signada con el No. 3437, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del estado Zulia, en fecha 20 de abril de 2009; 5) Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano EDUARDO DAVID LOPEZ BRACHO, signada con el No. 1742, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Olegario Villalobos del estado Zulia del estado Zulia, en fecha 31 de julio de 2015; 6) Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano JESUS EDUARDO LOPEZ BRACHO, signada con el No. 747, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Ambrosio del Municipio Cabimas del estado Zulia, en fecha 31 de julio de 2015; 7) Copia certificada del acta de nacimiento de la ciudadana BISMARY COROMOTO LOPEZ FOSTER, signada con el No. 473, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Olegario Villalobos en fecha 30 de julio de 2015; 8) Copia certificada del acta de defunción del ciudadano JESUS EDUARDO LOPEZ FUENTES, signada con el No. 355, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del estado Zulia, en fecha 06 de junio de 2016; 9) Copia simple de la cédula de identidad de los ciudadanos THAYLI LORENA BRACHO URDANETA, JESUS EDUARDO LOPEZ FUENTES, JESICCA LORENA LOPEZ BRACHO, BISMARY COROMOTO LOPEZ FOSTER, ADRIANA MICHELE LOPEZ PIMENTEL, JESUS EDUARDO LOPEZ BRACHO Y EDUARDO DAVID LOPEZ BRACHO. Ahora bien, con base a los mencionados documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA declara suficientes los derechos que tienen las ciudadanas THAYLI LORENA BRACHO URDANETA, JESICCA LORENA LOPEZ BRACHO, BISMARY COROMOTO LOPEZ FOSTER, ADRIANA MICHELE LOPEZ PIMENTEL, JESUS EDUARDO LOPEZ BRACHO Y EDUARDO DAVID LOPEZ BRACHO como Herederos Únicos y Universales del causante JESUS EDUARDO LOPEZ FUENTES.
Devuélvanse estas actuaciones en originales, expídanse las copias certificadas solicitadas y déjese copia certificada para formar expediente.


LA JUEZ TITULAR.

Abg. GLENY HIDALGO ESTREDO.
LA SECRETARIA SUPLENTE.

Abg. MARILUZ PARRA VARGAS.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. LA SECRETARIA.
GHE/edy.