REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE, ANZOÁTEGUI Y BOLÍVAR

Maturín, 07 de Junio de 2016
206º y 157º

Por cuanto fui designada como Jueza Suplente, de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, mediante oficio Nº CJ-15-4132 de fecha 10/11/2.015, tomando posesión del mismo el 10/12/2.015, previa juramentación por ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia Magistrada Doctora Gladys María Gutiérrez Alvarado en fecha 02/12/2.015; en consecuencia, Me Aboco de Oficio al conocimiento de la presente causa, ordenándose la notificación del ciudadano QUIRINO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, soltero, concejal, titular de la cédula de identidad N° V- 5.099.034, actuando con el carácter de presidente de la Asociación de Vecinos del Kilómetro 4 al Kilómetro 7 de la Población de Caripito, Municipio Bolívar del Estado Monagas, debidamente Protocolizado en su Documento Constitutivo por ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Distrito Bolívar del Estado Monagas, bajo el N° 16,17 y 18, folios 22 al 24 y su vto; protocolo primero, tomo primero adicional, primer trimestre, de fecha 5 de marzo de 1990. y/o a sus apoderados judiciales, Juan Martin Otahola B. y Luisa Susana Otahola B., inscrito en el Inpreabogado bajo los N° 2102 y 46.274 respectivamente (parte demandante), y a los ciudadanos JUANA TERESA GIL DE MIRT, JESÚS AUGUSTO MIRT GIL, PABLORAMON MIRT, JOSE GREGORIO MIRT GIL, IRAIMA DEL VALLE MIRT GIL, y JUAN CARLOS MIRT GIL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 2.636.564, V-8.984.417, V-8.975.105, V-8.980.750, V-8.978.495 y V-8.984.418, respectivamente (parte demandada) en la presente causa y/o a su apoderado judicial abogado Luis Hernández Aguirre, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.083, todos mediante boletas, informándoles que una vez que conste en auto la ultima de las notificaciones y transcurrido el lapso de diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, y una vez vencido esto comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, y vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, comenzarán a correr los lapsos correspondientes, para lo cual se ordena librar boletas de notificación.
La Jueza Suplente,

JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO
El Secretario

JHON WILMER MÉNDEZ
Exp.0007-2013
JWS/jwm/ma.-