Sent. 125-2016
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 08 de julio de 2016
206º y 157º
Conoció por distribución este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA de la presente demanda por DIVORCIO 185A intentada por los ciudadanos JANETH CAROLINA MORENO y JOSE ALBERTO VILLERO BERMUDEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos: V-7.888.966 y 10.470.708, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, asistidos por el abogado en ejercicio y de este domicilio MARCO ANTONIO SILVA NAVA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No 34.999, de igual domicilio y por cuanto cumplían con todas las formalidades de Ley, se admitió la demanda en fecha 14 de abril de 2016; en fecha 20 de junio de 2016 el Alguacil expuso que cito al ciudadano Fiscal N°. 32 del Ministerio Público y el día 27 de junio de este mismo año presente en la sala del tribunal la abogada GENOVEVA DAAL CHIRINOS expuso que no hace oposición para que el tribunal declare el divorcio entre los ciudadanos JANETH CAROLINA MORENO y JOSE ALBERTO VILLERO BERMUDEZ y posteriormente en fechas 28 de Junio y 07 de julio de 2016, presentes en la Sala del Tribunal los demandantes JOSE ALBERTO VILLERO BERMUDEZ y JANETH CAROLINA MORENO identificados en actas, presentaron escrito el primero de los nombrados y diligencia la segunda, por medio de la cual expusieron lo siguiente: “Desistimos del procedimiento y solicitamos respetuosamente se ordene el archivo del expediente.” El Tribunal visto el anterior desistimiento, le imparte su aprobación, homologándolo, dándole el carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente.-
DECISION-
Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
CONSUMADO el acto procesal de DESISTIMIENTO solicitado en la demanda que por DIVORCIO 185A, intentaron los ciudadanos JANETH CAROLINA MORENO y JOSE ALBERTO VILLERO BERMUDEZ, venezolanos mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos: V-7.888.966 y 10.470.708, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, en consecuencia, homologa el presente desistimiento, dándole el carácter de cosa juzgada y se archiva el presente expediente.-
A) No hay condenatoria en costas por tratarse de un desistimiento, de conformidad con lo establecido en el Artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.384 del Código Civil y el Artículo 72, Ordinales 3ro. Y 9no. de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los ocho (08) día del mes de julio de 2.016. Años 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
La Jueza
Abog. MARÌA IDELMA GUTIÈRREZ V.
El Secretario
Abog. GASTON GONZALEZ URDANETA
Exp. 2857-2016
MIGV/GGU/ya.-
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