A los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, se determina el contenido de la presente sentencia, en los términos que a continuación se indican:.
SOLICITANTE: ALBERTO RAFAEL CARVAJAL ROCA, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 6.945.051, y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE: PEDRO IGNACIO SIFONTES, en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 87.168, y de este domicilio
ASUNTO: INSERCIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
El ciudadano ALBERTO RAFAEL CARVAJAL ROCA, arriba identificado, debidamente asistido por el Abogado PEDRO IGNACIO SIFONTES; en fecha 27-07-2015, solicitó que este Tribunal la Inserción de su Partida de Nacimiento. Expuso el solicitante en su escrito libelar lo siguiente: Que nació en la localidad de Caicara, Municipio Cedeño del Estado Monagas, en fecha Diecinueve (19) de Octubre de mil novecientos sesenta y dos (1962), hijo legitimo del matrimonio constituido de sus padres Alberto Carvajal y Dalia Rosa Roca de Carvajal (Ambos Difuntos); que su Acta de Nacimiento no aparece inserta por ante ninguna Autoridad de Registro Civil de la República Bolivariana de Venezuela, tal como se demuestra con las certificaciones expedidas por el Registro Principal del Estado Monagas y por ante el Registro Civil del Municipio Cedeño del Estado Monagas, que acompañan con la letra “E y F”. Para efectos probatorios el solicitante consignó copia certificada de Actas de Defunción de sus Padres, Datos filiatorios expedidos por SAIME, Certificado de Nacimiento y Bautismo, expedido por la Iglesia Parroquial “Santo Domingo de Guzmán de Caicara, Municipio Cedeño del Estado Monagas y, copia de la cédula de identidad. Fundamentó su acción en los Artículos 504 del Código Civil, 151 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 769 del Código de Procedimiento Civil.-
Admitida la Demanda en fecha Veintinueve de Julio del 2015, se libró edicto de emplazamiento a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo y manifiesto en el asunto, para que comparecieran en la oportunidad correspondiente a hacer oposición a la demanda, y se ordenó notificar a la Fiscal Octava del ministerio Público del Estado Monagas. Posteriormente en fecha 01/03/2016 comparece ante este Despacho el ciudadano Alberto Carvajal y consigna un Ejemplar del diario “El Oriental” de Monagas de fecha 06/08/2015, contentivo de la publicación del Cartel respectivo. No compareciendo persona alguna para hacer oposición. En fecha 22/06/2016 el solicitante presenta escrito de pruebas en el cual reprodujo el merito favorables de los autos y en especial las pruebas documentales anexada a este expediente donde se evidencia que el solicitante no aparece inscrito en ese registro, promovió la prueba testimonial de los ciudadanos TEODORO PEREZ, CRUZ PEREZ y LUIS RIVAS.
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