REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO CON COMPETENCIA TRANSITORIA EN LOS ESTADOS NUEVA ESPARTA, SUCRE, ANZOÁTEGUI Y BOLÍVAR
Maturín, 25 de Julio de 2016
206º y 157º
Visto que mediante actuaciones emanadas de este Tribunal, contentiva de auto de abocamiento de oficio de la ciudadana Jueza, de fecha 16/05/2016, cursante al folio 258 (Tercera Pieza), este despacho ordeno la notificación de los ciudadanos María Concepción Guillen de Pager, Roger Antonio Guillen, Roger Alexander Guillen, Maria Rosalia Guillen Guevara, Leonardo Visconti Guillen, María Luisa de Guillen, German Antonio Guillen, María Eugenia Guillen, Fanny de Guillen, Gonzalo Guillen Foucault, Gerardo Guillen Foulcault, Gustavo Guillen Folcault y Gabriela Guillen Folcault, parte demandante y al Instituto Nacional de Tierras, parte demandada, al Procurador General de la República y al representante legal de la Cooperativa Virtud y Trabajo 510 R.L, en su carácter de tercero interesado, misma que se que solicitara a través de despacho de comisión al Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el caso del accionado y Procurador General de la Republica, mediante oficio N° 0234-16, de fecha 16/05/2016, y al Juzgado Segundo de Primera de Primera Instancia Agraria de la circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, mediante oficio N° 0235-16, fechado del 16/05/2016,a los efectos de la notificación de los demandantes; y en virtud, de que hasta la presente fecha no consta en actas resultas de las mismas, y por cuanto se trata de actuaciones de oficio emanadas de este Juzgado, es por lo que, en consecuencia, se ordena librar oficios de ratificación a los Juzgados comisionados, a los fines de que a la brevedad posible devuelvan las correspondientes comisiones con sus resultas.
La Jueza Suplente,
JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO
El Secretario
JHON WILMER MÉNDEZ
Exp. 0148-2013.
JWSP/JWMC/carlos n