REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturin, 26 de Julio de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2014-002190
ASUNTO : NP01-S-2014-002190

AUTO DE CERTIFICACION DE FIRMEZA DE LA SENTENCIA

A los fines de verificar si transcurrió el plazo a que se contrae el artículo 111 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para que las partes interpongan Recurso de Apelación contra la Sentencia definitiva dictada en el presente asunto, se ordena efectuar por Secretaría el cómputo de los días hábiles transcurridos desde el día hábil siguiente a la publicación del texto íntegro de la sentencia dictada, hasta la presente fecha y con sus resultas se proveerá.
LA JUEZA

ABGA. IVIS RODRÍGUEZ CASTILLO
La Secretaria
ABGA. FATIMA RANGEL
La Suscrita Secretaria ABGA. FATIMA RANGEL del Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas CERTIFICA: Que el día martes 12 de mayo del año 2015, se dictó la dispositiva de la sentencia condenatoria por el procedimiento especial del artículo 375 del Código Orgánico procesal Penal, donde quedaron todas las partes notificadas, con excepción de la víctima y la Publicación del texto íntegro se realiza el Miércoles 13 de mayo del año 2015 , es decir; de conformidad con el lapso previsto, en el último aparte del artículo 110 de la L.O.S.D.M.V.L.V. Jueves 2 de julio del año 2015, la víctima quedó debidamente notificada, quedando todas las partes debidamente notificadas, de lo cual transcurrieron tres días de despacho los cuales son viernes 3, lunes 6, martes 7 de julio 2015 sin que se recibiera Recurso de Apelación contra la Sentencia Dictada. Conste.
La Secretaria

ABGA. FATIMA RANGEL