REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en función de Control Audiencia y
Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturín, 29 de Julio de 2016
206º y 157º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2015-003454
ASUNTO : NP01-S-2015-003454

Corresponde a este órgano jurisdiccional emitir pronunciamiento en cuanto a solicitud de Confirmación y Ejecución de Medidas de Protección y Seguridad solicitada por la ciudadana victima SE OMITE SU IDENTIDAD , esta Juzgadora observa:

Revisada minuciosamente las actas procesales que conforman el presente Asunto Penal se evidencia que en la fecha 20 de Junio de 2016, se recibió por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal de Maturín escrito, proveniente de ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , donde solicita a este tribunal confirme las medidas de Protección y seguridad que le fueron decretadas en su oportunidad.

En fecha 14 de Julio de 2016, este Tribunal Acuerda fijar una Audiencia especial para escuchar a las partes.
En fecha 22 de Julio de 2016, este Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en Función de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, celebra la audiencia especial para escuchar a las partes en donde cada uno expuso sus alegatos.

Ahora bien, este órgano jurisdiccional para proveer lo solicitado para la de Confirmación y modificación de Medidas de Protección y Seguridad interpuesta por la victima en el presente asunto, observa que el ciudadano imputado de autos LARRY EDWAR BARRETO RONDON, durante el lapso que hasta la presente fecha no ha incumplido con las medidas de protección que le fueran impuestas en su oportunidad, de lo que ya ha transcurrido casi un año .

Este órgano jurisdiccional revisada minuciosamente la solicitud de la victima y las actas procesales que conforman la presente causa, en aras de garantizar una Justicia real y efectiva, expedita, de conformidad con lo que estable el artículo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela: El Estado tiene la obligación indeclinable de adoptar todas las medidas administrativas, legislativas, judiciales y de cualquier otra índole que sean necesarias y apropiadas para asegurar y garantizar los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia. y Así se decide.
DECISIÓN

Este Tribunal impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda en razón de que se verificó de las actas procesales, CONFIRMA LA MEDIDA DE PROTECCION Y SEGURIDAD DE CONFORMIDAD CON LO QUE ESTABLECE EL ARTICULO 90 Y RATIFICAR LAS MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD de conformidad con lo que establece el artículo 90 numerales 5 de la Presente ley. 5. Se Prohíbe o restringe al ciudadano LARRY EDWUAR BARRETO RONDON, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.445.023, de 45 años de edad, de profesión u oficio Taxista, nacido en fecha 06/12/1970, natural de Caripe Estado Monagas, residenciado en LA UBANIZACIÓN LOMAS DEL BOSQUE, CONDOMINIO 7, CASA Nº 37, SECTOR TIPURO, MATURÍN ESTADO MONAGAS, TELÉFONO: 0414-099.04.04 (PROPIO), el acercamiento a la víctima ciudadana SE OMITE SU IDENTIDAD , de no acercarse al lugar de trabajo, estudio y residencia. Notifíquese al ciudadano LARRY EDWUAR BARRETO RONDON, a la víctima SE OMITE SU IDENTIDAD , y notifíquese a la Fiscalía y Defensa. Regístrese y Cúmplase.-
La Jueza Primera de Control Audiencia y Medidas,

Abga. MILAGRO FARIÑAS IDROGO.
SECRETARIA JUDICIAL,

ABGA. GRACIELA CIRCELLI JIMENEZ.