ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR



N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-001120
PARTE ACTORA: FELICIANO DORIA LOPEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSÉ PONS
PARTE DEMANDADA: PEDRO LUIS VALENCIA FUENMAYOR
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NEIMER MUJICA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, 11 de Julio de 2016, siendo las 1:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, por ante este tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo, comparecen, el ciudadano FELICIANO DORIA LOPEZ, a través de su apoderado judicial José Pons, inscrito por ante el Inpreabogado bajo el No. 40.851, según poder acreditado en actas procesales, así mismo comparece, PEDRO LUIS VALENCIA FUENMAYOR, a través de su apoderado judicial Abg. Neimer Mujica, inscrito por ante el Inpreabogado bajo el No. 205.659, según poder acreditado en actas procesales. Seguidamente las partes haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, con la intervención mediadora de este juzgador, han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La parte demandada para dar por terminado el presente asunto, ofrece cancelar al actor la cantidad de Cien Mil Bolívares, mediante cheque signado bajo el No. 20960269 del Banco mercantil, el cual se ordena agregar copia simple al expediente. Seguidamente toma la palabra el apoderado actor y manifiesta libremente y sin constreñimiento alguno, que en nombre de su representado acepta la cantidad de 100.000 Bolívares, ofrecidos por la demandada, con el presente pago mi representado no tiene nada más que reclamar a la demandada de los conceptos esgrimidos en la presente demanda. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, se da por terminado el asunto, se ordena el archivo definitivo de la presente causa, las partes reciben en este acto, las pruebas promovidas anteriormente. .


El Juez



Abg. Federico Rodríguez Petit





Los Presentes La Secretaria.