ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-S-2015-000581
PARTE ACTORA: ENDER ALFREDO AMAYA RINCÓN
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MIGUEL PUCHE
PARTE DEMANDADA: CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA REGIÓN ZULIANA (CORPOZULIA)
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Damaris Pino
MOTIVO: Salarios Caídos y prestaciones sociales.

En el día hábil de hoy,26 de Julio de 2016, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos ENDER ALFREDO AMAYA RINCÓN y la CORPORACIÓN DE DESARROLLO DE LA REGIÓN ZULIANA (CORPOZULIA) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de ochocientos seis mil seiscientos cuarenta y cinco mil bolívares con noventa y dos céntimos (Bs. 806.645,92) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, cantidad que es entregada en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución financiera BANCO BICENTENARIO Signado bajo el numero: 19521046 por la cantidad de Setecientos cinco mil quinientos cinco Bolívares con sesenta y nueve céntimos (Bs. 705.505,69) del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. Y la cantidad de ciento un mil ciento cuarenta con veintitrés céntimos (Bs. 101.140,23) por concepto de fideicomiso a su favor. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes. Así mismo consignan escrito constante de tres (3) folios útiles el cual se ordena agregar al expediente.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes