ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-001753
PARTE ACTORA: CARLOS JOSE FIGUEREDO ROMERO
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: Patricia Sánchez
PARTE DEMANDADA: LIA ORDOÑEZ y LORAINE VILLALOBOS
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Ramón Silva
MOTIVO: Prestaciones sociales

En el día hábil de hoy,11 de Julio de 2016, siendo la, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos CARLOS JOSE FIGUEREDO ROMERO, LIA ORDOÑEZ y LORAINE VILLALOBOS en su carácter de parte actora y co-demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de setenta mil Bolívares (Bs.70.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le será entregados la ciudadano extrabajador en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera B.O.D. Banco Occidental de Descuento signado bajo el numero: 33000321 por el mismo monto, del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes