Sent.45-2016
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 10 de febrero de 2016
205° y 156°
En vista de haber recibido este tribunal los documentos requeridos para decidir sobre la admisión, se le da entrada, y por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, fórmese expediente y numérese.- La ciudadana DORA HILDA PAZ DE VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.818.700, asistida por el abogado en ejercicio Beatriz Villalobos Gonzalez, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 145.713, domiciliados en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, solicita se le declare suficientes los derechos que tiene ella y los ciudadanos BELKYS CHIQUINQUIRA VASQUEZ PAZ, YESIKA MARIEL VASQUEZ AVENDAÑO, OSCAR ENRIQUE VASQUEZ PAZ, OSCARY YUNEIVIS VASQUEZ GONZALEZ y YARBIN JOSUE VASQUEZ, OSCAR EDUARDO VASQUEZ SIMANCAS como Únicos y Universales Herederos del causante OSCAR ENRIQUE VASQUEZ LEON, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.052.197 y falleciera en fecha 08 de Octubre de 2015, en Jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- El solicitante acompaña los siguientes documentos:1) Acta de defunción; 2) Actas de nacimiento; 3) Copias de cédula; 4) Justificativo evacuado por ante la Notaría Pública Tercera de Maracaibo en fecha 09 de Diciembre de 2015.- Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos DORA HILDA PAZ DE VASQUEZ, BELKYS CHIQUINQUIRA VASQUEZ PAZ, YESIKA MARIEL VASQUEZ AVENDAÑO, OSCAR ENRIQUE VASQUEZ PAZ, OSCARY YUNEIVI VASQUEZ GONZALEZ, YARBIN JOSUE VASQUEZ y OSCAR EDUARDO VASQUEZ SIMANCAS, como Únicos y Universales Herederos del causante OSCAR ENRIQUE VASQUEZ LEON. .- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales y déjese copia certificada para formar expediente.-
La Juez
Abog. Maria Idelma Gutiérrez
El Secretario
Abog. Gastón González U
En la misma fecha se devuelve constante de veinticuatro (24) folios útiles y se dejó copia certificada para formar expediente N° 1539-16.-
El Secretario
Abog. Gastón González U
MIG/GGU/FML.-
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