REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta.
La Asunción, diez (10) de febrero de dos mil dieciséis (2016).-
Años: 205º y 156º

ASUNTO Nº OP02-L-2015-000205

Visto que se declaró concluida la Audiencia Preliminar en fecha veintisiete (27) de enero de dos mil dieciséis (2016), y consignado como ha sido en fecha cinco (05) de febrero de dos mil dieciséis (2016), el escrito de contestación de la demanda por el Abogado ALEJANDRO SANTANA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo en Nº 109.214, en su carácter de Apoderados Judiciales de la empresa “COMERCIAL QUIMAR, C.A”., y de los codemandados JOSÉ JULIÁN QUINTANA y MARÍA INÉS SUÁREZ, en consecuencia, se ordena remitir el expediente Nº OP02-L-2015-000205, al Tribunal de Juicio competente, de conformidad con lo previsto en el artículo 136 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
LA JUEZA,




Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.



LA SECRETARIA,





ESV/yi.-