REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, diecisiete (17) de febrero de dos mil dieciséis
205º y 156º
ASUNTO: VP01-L-2015-001577
PARTE ACTORA: CARLOS BARRIOS
REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: CARDIO RITMO, C.A.
REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MARTÍN CURIEL
MOTIVO: INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL
En el día de hoy, 17 de febrero de 2016, siendo las 10:30 am, día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, se deja constancia de la comparecencia del abogado Martín Curiel, en representación de la parte demandada, asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE la presente decisión. Se ordena la entrega del escrito de pruebas y sus anexos consignados por la parte demandada en la instalación de la audiencia preliminar, dada la solicitud efectuada en el presente acto, una vez quede firme la presente decisión.
La Juez
JENNIFER LOZE AZRAK
La Secretaria
ANA MIREYA PÉREZ
LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
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