ACTA DE INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-001185
PARTE ACTORA: JULIO GONZALEZ y ABRAHAN GONZALEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ASISTIDOS POR LA ABOGADA ANA KARINA FERRER DUARTE
PARTE DEMANDADA: SOLDADURA, FABRICACION Y MONTAJES INDUSTRIALES C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL CIUDADANO JOSÉ FRANCISCO HERRERA CEDEÑO EN SU CARCTER DE PRESIDENTE
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Martes Veintiuno (21) de Julio de 2015, siendo las Díez y Veintiún minutos de la mañana (10:21am), con visto a lo solicitado por la partes intervinientes se da inicio a Audiencia Preliminar, en la que comparecen a la misma los Ciudadanos JULIO GONZALEZ y ABRAHAN GONZALEZ en sus condición de parte actoras; debidamente asistidos por la Abogada ANA KARINA FERRER DUARTE titular de la cedula de identidad N° V- 15.406.959, e inscrita en el impreabogado bajo el N° 121.013, por una parte , y por la otra le Ciudadano JOSÉ FRANCISCO HERRERA CEDEÑO titular de la cedula de identidad N° V- 7.796.306 en su condición de Presidente de la demandada SOLDADURA, FABRICACION Y MONTAJES INDUSTRIALES C.A., debidamente asistido por la Abogada MARIA ALEJANDRA ACUÑA titular de la cedula de identidad N° V- 20.072.139; e inscrita en el impreabogado bajo el N° 228.444; y quienes mediante diligencia que se dio por recibida renunciaron al termino de comparecencia y solicitan al despacho se realice la Audiencia Preliminar.

Este tribunal viendo lo solicitado por las partes le da inicio a la audiencia preliminar instándolos a hacer uso de los modos alternos de solución de conflictos a fin de de llegar a un acuerdo y dar por solucionado la reclamación planteada; y en ese sentido las partes y sus apoderadas judiciales y la actuación pro- activa del Ciudadano Juez que presidio la audiencia, intervinieron de manera objetiva en la defensa de sus derechos e intereses, en la cual se escucharon propuestas y alternativas en el conflicto planteado, y con la intervención mediadora del Ciudadano Juez que preside este acto, han llegado a un acuerdo TRANSACCIONAL que se especifica en escrito de transacción que suscribieron las partes en este acto con el asesoramiento de sus Abogados y que consignan constante de Seis (6) folios para que sean agregadas al expediente y surta sus efecto legales.

Ahora bien, visto el acuerdo transaccional y EL PAGO efectuado en los términos expuestos, producto del acuerdo logrado, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto el acuerdo logrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA DICHO ACUERDO TRANSACCIONAL Y CON ELLO EL PAGO, impartiéndole su aprobación y el carácter de Cosa Juzgada y dando por terminado el presente procedimiento y con ello la causa; ordenándose el archivo definitivo del expediente. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Así se decide.

El Juez
EL SECRETARIO
Abog. ALFREDO GARCÍA LÓPEZ. Abg. LUIS MIIGUEL MARTNEZ


Los Presentes.







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