ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-000940
PARTE ACTORA: EWER MAGDALENO VALDEZ GALUE
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JESÚS SÁNCHEZ
PARTE DEMANDADA: ORG. NACIONAL DE SEGURIDAD INTEGRAL, C.A. y OVELIO SALOM
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Gregorio Gómez
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy, 22 de Febrero de 2016, siendo la, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen ORG. NACIONAL DE SEGURIDAD INTEGRAL, C.A., OVELIO SALOM y EWER MAGDALENO VALDEZ GALUE en su carácter de parte demandada y actora respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de treinta mil Bolívares (Bs.30.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregados en este acto a través de cheque girado en contra de la institución Financiera B.O.D. signado bajo el numero: 68000041 del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes