REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, cinco (5) de febrero de dos mil dieciséis
205º y 156º
ASUNTO: VP21-S-2016-00025
Parte Beneficiaria: NORA JOSEFINA CHACIN BOADA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 17.189.650 domiciliado en el Municipio Cabimas del estado Zulia.
Abogado Asistente de
La Parte Beneficiaria: MOISES GRANDA VILORIA, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 128.645.
Parte Consignante: PROVEEDORES DE SALUD, CA, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
Abogado Asistente
de la Parte Consignante: ISMAEL FERMIN, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 63.981.
Motivo: CONSIGNACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
Hoy, 5 de Febrero de 2016, siendo las 2:30 pm, día y hora señalados por el Tribunal para que tenga lugar la Apertura de la Audiencia Preliminar en la presente causa, por solicitud de adelanto de la misma de manera verbal comparece la ciudadana NORA JOSEFINA CHACIN BOADA, actuando como parte oferida, asistida por el abogado en ejercicio MOISES GRANDA VILORIA, así como la ciudadana CELI MARY MOLERO RODRÍGUEZ, titular de la cedula de identidad No. 15.974.483, actuando como presidenta de la sociedad mercantil consignante, asistida por el abogado en ejercicio ISMAEL FERMIN. Seguidamente, se da inicio a la audiencia. Se constituye este Tribunal bajo la dirección del ciudadano Juez Abg. LEONARDO BAUZA ACOSTA, quien declaró abierto éste acto y constató la presencia de cada una de las partes. En este estado la parte oferente, expone: "Con la finalidad de dar por terminada la presente causa la parte oferente ofrece en este acto a la parte oferida la cantidad de CIENTO DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs. 110.000,00), dicha cantidad es cancelada en este acto mediante cheque de gerencia girado en contra del Banco Occidental de Descuento, Cheque Numero 10700999 de fecha 1 de febrero de 2016 a nombre de la parte beneficiaria y tal cantidad cubre en su integridad los conceptos de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, no quedando a deber ningún otro concepto de índole laboral a la ex trabajadora. En este Estado interviene la parte beneficiaria ciudadana NORA JOSEFINA CHACIN BOADA con la asistencia antes mencionada quien expone: “Acepto la cantidad ofrecida por la empresa, por cuanto estoy conforme con la misma, no quedando la empresa a deber por este ni por ningún otro concepto laboral”. Ambas partes de común acuerdo solicitan al Tribunal Homologue el presente acuerdo le otorgue el carácter de cosa juzgada, se declare terminado y se ordene el archivo del presente asunto. En consecuencia, este Tribunal en vista de la que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso, y por cuanto no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley se Homologa el presente acuerdo, dándole efectos de Cosa Juzgada, declarándose terminado el presente asunto y ordenándose el archivo del mismo. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman:
Abg. LEONARDO BAUZA ACOSTA
JUEZ 4° S M E
PARTE BENEFICIARIA Y SU ABOGADO ASISTENTE
REPRESENTANTE DE LA PARTE CONSIGNANTE Y ABOGADO ASISTENTE:
Abg. DORIS ARAMBULET
LA SECRETARIA JUDICIAL
LBA.
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