REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en función de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Monagas
Maturin, 11 de Enero de 2016
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-S-2012-001653
ASUNTO : NP01-S-2012- 001653

Visto el oficio CA-MON-1098-2015.emanado del Juez Presidente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, quien remite actuaciones signadas con el alfanumérico NP01-R-2014-000146, constante de dos (02) piezas, la primera con doscientos veintiséis (226) folios útiles y la segunda con cuatro (04) folios útiles, en virtud que este Tribunal Colegiado mediante Decisión dictada en fecha 23-09-15, donde se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Abg. Sabino Manuel Rosales Maldonado, Defensor Público Primero Penal Con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Monagas, en fecha veinticinco (25) de julio de 2014, y Se Confirmó la Sentencia de fecha tres (03) de junio de 2014, en el proceso ventilado en el Asunto Principal Nº NP01-S-2012-001653, dictada por la Abg. Dulce María Lobatón, presidiendo el Tribunal Primero de Violencia Contra la Mujer en Función de Juicio de esta Circunscripción Judicial. Asimismo se remite Asunto Principal constante de cuatro (04) piezas: fase investigativa con cien (100) folios útiles, primera pieza de la fase intermedia con doscientos siete (207) folios útiles, segunda pieza de la fase intermedia con doscientos cuarenta y tres (243) folios útiles y Tercera Pieza de la fase intermedia con setenta y seis (76) folios útiles; un (01) cuaderno de víctimas, con ochenta (80) folios útiles y (01) Recurso de Apelación terminado signado con el Nº NP01-R-2012-000180, con ciento ochenta y siete (187) folios útiles., se verifica que de la presente decisión no consta en autos la Notificación a la Víctima, en tal sentido se acuerda su inmediata notificación a fin de que continúe el lapso legal correspondiente. Líbrese lo conducente.-

JUEZA DE JUICIO
ABGA. IVIS RODRIGUEZ CASTILLO

SECRETARIOP JUDICIAL
ABG. JUAN CARLOS GARCIA
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