REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintiuno de diciembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
ASUNTO: VP01-L-2016-001099
Vista la diligencia recibida por este Juzgado en fecha treinta (30) de Noviembre de 2016, presentada por el apoderado judicial abogado en ejercicio Arlinton Eduardo Elsouki Londoño, inpreabogado N° 245.563 en representación de la parte actora, mediante la cual “Desiste del Procedimiento” en el presente asunto que tiene incoado el ciudadano JOENDRI JOSE VILLEGAS VILLEGAS VILLEGAS en contra de la sociedad mercantil CAFÉ IMPERIAL, S.A. por Prestaciones Sociales+, en consecuencia este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO. Así se decide.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria