ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016-001061
PARTE ACTORA: JOSE TRINIDAD CAROZO PAZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: WILLIAN FUENMAYOR
PARTE DEMANDADA: GRANZON PUNTICA DE PIEDRA C.A (GRAPUPICA)
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Jorge Parra
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,1 de Diciembre de 2016, siendo, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JOSE TRINIDAD CAROZO PAZ y GRANZON PUNTICA DE PIEDRA C.A (GRAPUPICA) en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de trescientos mil Bolívares (Bs. 300.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador por ante el despacho a las 11:00 a.m. el día jueves 8 de diciembre de 2016. en este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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