REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (12) de Diciembre de Dos Mil dieciséis (2016)

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016-000394
PARTE ACTORA: TULIO MANUEL SÁNCHEZ LENGUA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PATRICIA SÁNCHEZ
PARTE DEMANDADA: CITRICOS MOLANO, LA DIFERENCIA C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 12 de Diciembre de 2016, siendo las 2:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la audiencia preliminar,, se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la prolongación de la Audiencia preliminar, presente la abogada PAOLA SUAREZ inpreabogado numero 188.788 en su condición de apoderada judicial de la ciudadana JOLISBETH MOLANO HERNANDEZ identificada con la cedula de identidad numero V- 13.912.037 , por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación Y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 157 y 206.

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes