REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial con Competencia en DVM. Edo. Zulia. Tribunal de Primera Instancia en Función de Control. Edo. Zulia.
Maracaibo, 15 de agosto de 2016
206º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL : VP02-S-2015-000970
ASUNTO : VP02-S-2015-000970
RESOLUCION Nro. 1851-2016
Corresponde a este Juzgado TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, conocer y decidir en Audiencia Oral de verificación realizada el día de hoy lunes 15-08-16, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, el cumplimiento de las obligaciones acordadas en la Audiencia Preliminar en fecha 18-05-2015, asimismo una vez constituido el Tribunal en la Sede del Palacio de Justicia, se pudo verificar la presencia de la Fiscal Quincuagésima Primera del Ministerio Público Abg. Gisela Parra, la Abg. Fátima Semprun, en su carácter de Defensora Pública, su defendido el ciudadano acusado OLINTO ORTEGA, de nacionalidad venezolano, fecha de nacimiento 16/ 02/ 1953, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer, Titular de la cédula de identidad número V-5.799.796, hijo de JOSE ANTONIO PACHANO Y MARIA TERESA ORTEGA, con residencia en el SECTOR SABANETA AVENIDA 21- A PARROQUIA CRISTO DE ARANZA MUNICIPIO MARACAIBO ENTRANDO POR LA ESTACION DEL METRO, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana AURA CONCHO DE ORTEGA, quien además también se encontraba presente.
EXPOSICIONES DE LAS PARTES
En este estado y vista la comparecencia de las partes se da inicio a la Audiencia Oral de Verificación de Cumplimiento de Obligaciones por Suspensión Condicional del Proceso, tomando la palabra la ciudadana DRA. YAJAIRA COROMOTO PEREZ MEDINA, actuando como Jueza Tercera en Funciones de Control, Audiencias y Medidas, quien declara la apertura del acto, A continuación e le cede la palabra a la Representación Fiscal 51° del Ministerio Publico ABG. GISELA PARRA quien manifestó lo siguiente: “Visto el contenido de las actas que conforman el expediente y las obligaciones impuestas en el acto de Audiencia Preliminar de fecha 18-05-15, donde se constata que el acusado OLINTO ORTEGA cumplió con las obligaciones, en relación a su asistencia al Equipo Interdisciplinario y en virtud de que no ha cometido nuevos hechos de violencia en contra de la víctima, es por la cual esta representación fiscal no se opone a que se decrete el Sobreseimiento de la causa y Solicito copias certificadas de la Resolución. Es Todo.” Seguidamente, el Tribunal le ratifica al acusado las Garantías Constitucionales previstas en el Artículo 49 Ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los Artículos 132 Y 133 del Código Orgánico Procesal Penal y procede a cederle la palabra al acusado OLINTO ORTEGA, Quien siendo las 12:25 PM expuso: "yo cumplí con todas las obligaciones que me impuso el tribunal, y asistí a todas las actividades del Equipo Interdisciplinario, aprendí mucho como lo es el respeto a la diversidad de pensamiento me vi identificado en alguna de las escenas de las películas, fue una experiencia muy productiva y estamos viviendo juntos de nuevo y creo que lo estoy haciendo mejor”. Seguidamente se le concede la palabra a la DEFENSA PÚBLICA ABG. FATIMA SEMPRUN, quien expone lo siguiente: “Por cuanto mi representado ha cumplido con el Equipo Interdisciplinario, tal como se evidencia en el Oficio suscrito por la Abg. Adriana Delgado como experta del Equipo, mediante el número 270-2016, en el cual refiere la asistencia del acusado OLINTO ORTEGA a las citas establecidas por el Servicio Auxiliar y su participación en las actividades comunitarias programadas por el mismo y no haber cometido nuevos hechos de violencia en contra de la victima, solicito que se decrete el Sobreseimiento de la causa, el cese de todas las Medidas, la extinción de la Acción Penal y Solicito copias certificadas de la Resolución y del acta levantada el día de hoy, es todo”. Acto seguido se le concede la palabra a la víctima AURA CONCHO DE ORTEGA quien expuso: “las cosas entre nosotros están bien, estamos juntos de nuevo. No me ha agredido de nuevo solo quiero que no se repita, Es todo”. Seguidamente el Tribunal oída lo expuesto por el Acusado, y su defensa pública y el Ministerio Público, este Tribunal Tercero de Control, Audiencias y Medidas pasa a realizar los siguientes pronunciamientos bajo las siguientes consideraciones: Finalizado el plazo de Régimen de Prueba y luego de verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas, se declara con lugar lo solicitado tanto de la Representación Fiscal como de la Defensa Publica y en tal sentido este Juzgado Tercero en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano OLINTO ORETGA, de nacionalidad venezolano, fecha de nacimiento 16/ 02/ 1953, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer, Titular de la cédula de identidad número V-5.799.796, hijo de JOSE ANTONIO PACHANO Y MARIA TERESA ORTEGA, con residencia SECTOR SABANETA AVENIDA 21-A PARROQUIA CRISTO DE ARANZA MUNICIPIO MARACAIBO ENTRANDO POR LA ESTACION DEL METRO, de conformidad con los artículos 49 ordinal 7°, en concordancia con el artículo 300 ordinal 3 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena hacer cesar la persecución penal en contra del referido ciudadano y consecuencialmente se declara LA EXTINCION DE LA ACCIÓN PENAL, DECLARANDOSE COSA JUZGADA. Se ordena el archivo del expediente una vez cumplido el lapso de ley Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO TERCERO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta PRIMERO: Finalizado el plazo de Régimen de Prueba. SEGUNDO: verificado el total y cabal cumplimiento de todas las obligaciones impuestas se declara con lugar lo solicitado tanto de la Representación Fiscal como de la Defensa y en tal sentido este Juzgado Tercero en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano OLINTO ORTEGA, de nacionalidad venezolano, fecha de nacimiento 16/ 02/ 1953, de estado civil CASADO, de profesión u oficio CHOFER, Titular de la cédula de identidad Nº V-5.799.796, hijo de JOSE ANTONIO PACHANO Y MARIA TERESA ORTEGA , con residencia SECTOR SABANETA AVENIDA 21-A PARROQUIA CRISTO DE ARANZA MUNICIPIO MARACAIBO ENTRANDO POR LA ESTACION DEL METRO, por el delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana AURA CONCHO DE ORTEGA de conformidad con los artículos 49 ordinal 7°, en concordancia con el artículo 300 ordinal 3 y 302 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se ordena hacer cesar la persecución penal en contra del referido ciudadano y consecuencialmente se declara LA EXTINCION DE LA ACCIÓN PENAL, DECLARANDOSE COSA JUZGADA. CUARTO: Se ordena el cese de toda Medida impuesta al referido ciudadano. Se acuerda proveer las copias solicitadas por Secretaria, quedando notificadas las partes de la presente decisión.
LA JUEZA TERCERA DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS
DRA. YAJAIRA COROMOTO PEREZ MEDINA
LA SECRETARIA
ABG. WENDRYS AVILA
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