TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
Maracaibo, 5 de Agosto de 2.016
206° y 157°
Recibido. Désele entrada. Fórmese pieza y numérese. En aplicación a la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18/03/2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152 de fecha 2 de abril de 2009, mediante el cual atribuye a los Juzgados de Municipios el conocimiento de forma exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria o no contenciosa en materia civil, mercantil, familia sin que participen niños, niñas y adolescente, según las reglas ordinarias de la competencia por el territorio, y en cualquier otro de semejante naturaleza; este Tribunal la admite en cuanto a lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley.
Comparece la ciudadana NORISMAR MORAN FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nos. V-13.529.189, de este domicilio, asistida por la abogada MAGALI CHACIN, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 29.176, domiciliada en el Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, solicitando se declaren suficientes los derechos que tienen ella y los ciudadanos NIXON RAFAEL MORAN FERNANDEZ, GIOVANNY ENRIQUE MORAN FERNANDEZ, RAFAEL EDIXON MORAN FERNANDEZ, MARIA AUXILIADORA FERNANDEZ DE MORAN, mayores de edad, venezolanos, titulares de la cédula de identidad Nos. V-10.419.312, V-11.290.122, V-13.003.863, V-3.379.882, como Únicos y Universales Herederos del causante RAFAEL MORAN ORTEGA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-1.699.900 y falleció en Jurisdicción de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del estado Zulia, en fecha 13 de Mayo de 2016; observa el Tribunal que la solicitante acompañó los siguientes documentos: 1) Copia certificada del acta de defunción del ciudadano RAFAEL MORAN ORTEGA, signada con el No. 585, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha 07 de Junio de 2016; 2)Copia certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos RAFAEL MORAN ORTEGA y MARIA AUXILIADORA FERNÁNDEZ TORRES signada con el No. 127, expedida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Coquivacoa estado Zulia, en fecha 21 de Junio de 2016; 3)Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano NIXON RAFAEL MORAN, signada con el No. 3026, expedida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá del estado Zulia, en fecha 18 de Mayo de 2016; 4) Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano GIOVANNY ENRIQUE MORAN signada con el No. 1462, expedida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Chiquinquirá, en fecha 18 de Mayo de 2016; 5) Copia certificada del Acta de nacimiento del ciudadano RAFAEL EDIXON MORAN FERNANDEZ signada con el No. 278, expedida por la Oficina de Registro Civil del estado Zulia, en fecha 17 de Mayo de 2016; 6) Copia certificada del Acta de nacimiento de la ciudadana NORISMAR MORAN FERNANDEZ signada con el No.1.665, expedida por la Oficina de Registro Civil del estado Zulia, en fecha 17 de Mayo de 2016; 7) Copia simple de la cédula de identidad de los ciudadanos RAFAEL MORAN ORTEGA; MARIA AUXILIADORA FERNANDEZ DE MORAN, NIXON RAFAEL MORAN FERNANDEZ, GIOVANNY ENRIQUE MORAN FERNANDEZ, RAFAEL EDIXON MORAN FERNANDEZ, NORISMAR MORAN FERNANDEZ, 8) Original de Justificativo de testigos emitido por la Notaría Pública Tercera de Maracaibo en fecha 27 de julio de 2016.
Ahora bien, con base a los mencionados documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos NORISMAR MORAN FERNANDEZ, NIXON RAFAEL MORAN FERNANDEZ, GIOVANNY ENRIQUE MORAN FERNANDEZ, RAFAEL EDIXON MORAN FERNANDEZ Y MARIA AUXILIADORA FERNANDEZ DE MORAN como Herederos Únicos y Universales del causante RAFAEL MORAN ORTEGA .
Devuélvanse estas actuaciones en originales, expídanse las copias certificadas solicitadas y déjese copia certificada para formar expediente.
LA JUEZ TITULAR.

Abg. GLENY HIDALGO ESTREDO.
LA SECRETARIA SUPLENTE.

Abg. MARILUZ PARRA VARGAS.


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. LA SECRETARIA SUPLENTE.

GHE/vf.