ACTA DE INSTALACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR Y DE MEDIACIÓN
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016-000824
PARTE ACTORA: HENRY CELESTINO BOSCAN LOPEZ y RAFAEL ENRIQUE CASTELLANO MARTINEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PROCURADORA DE TRABAJADORES ABOGADA KAREN RODRIGUEZ DOMINGUEZ
PARTE DEMANDADA: CORPORACION DROLANCA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ABOGADO JESÚS NOVEMBER CAÑAS CONTRERAS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Jueves Once (11) de Agosto de 2016, siendo las Once y Treinta y Cinco minutos de la mañana (11:35am), con visto a lo solicitado por las partes intevinientes con el asesoramiento de sus apoderados judiciales, y proveído como fue mediante auto de esta misma, se dio INICIO a la Audiencia Preliminar, en la que comparecen a la misma los Ciudadanos HENRY CELESTINO BOSCAN LÓPEZ Y RAFAEL ENRIQUE CASTELLANO MARTÍNEZ en sus carácter de parte actoras debidamente representados por su APODERADA JUDICIAL PROCURADORA DE TRABAJADRES ABOGADA KAREN RODRÍGUEZ DOMINGUEZ, por una parte, y por la otra el Ciudadano Abogado JESUS NOVEMBER CAÑAS en sus condición de APODERADO JUDICIAL de la demandada de autos Sociedad Mercantil CORPORACIÓN DROLANCA, C.A, carácter este que se evidencia de copias simples de instrumento poder que constate de Dos (2) Folios consigna para que sean agregadas al expediente, y surta sus efectos legales pertinentes, copias estas que se confrontaron con sus originales que tuvo a la vista el Ciudadano Juez que presidió este acto, y el cual pudo constatar que las copias simples que consigna son fieles y exactas de sus originales. En este estado, identificada las partes y sus apoderados judiciales, quienes mediante diligencia que se dio por recibida solicitaron al tribunal se instale Audiencia Preliminar renunciando a los lapsos procesales por cuanto han llegado a un acuerdo transaccional.

Ahora bien, este tribunal viendo lo solicitado por las partes y proveído como ha sido se da inicio a la audiencia preliminar instándolos a hacer uso de los modos alternos de solución de conflictos a fin de de llegar a un acuerdo y dar por solucionado la reclamación planteada; y en ese sentido las partes y sus apoderadas judiciales y la actuación pro- activa del Ciudadano Juez que presidio la audiencia, intervinieron de manera objetiva en la defensa de sus derechos e intereses, en la cual se escucharon propuestas y alternativas en el conflicto planteado, y con la intervención mediadora del Ciudadano Juez que preside este acto, han llegado a un acuerdo TRANSACCIONAL que se especifica en escrito de transacción que suscribieron en presencia del Juez con el asesoramiento de sus Abogados asistentes presentes en este acto y que consignan constante de Tres (3) folios con sus vueltos, acompañada de Seis (6) folios de anexos, para que sean agregadas a la presente acta y surta sus efecto legales.

Ahora bien, visto el acuerdo transaccional y EL PAGO efectuado en los términos expuestos en el escrito de transacción, producto del acuerdo logrado, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Zulia, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y por cuanto el acuerdo logrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA DICHO ACUERDO TRANSACCIONAL Y CON ELLO EL PAGO, impartiéndole su aprobación y el carácter de Cosa Juzgada y dando por terminado el presente procedimiento y con ello la causa; ordenándose el archivo definitivo del expediente. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Así se decide.

El Juez

Abog. ALFREDO GARCÍA LÓPEZ. La Secretaria.
Aboga. Ana Mireya Pérez

Los Presentes.