REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, CUATRO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISEIS . -
205 º y 156º
Por cuanto de la revisión de las actas procesales se observa que en la fecha correspondiente, no se dijo vistos, por error involuntario del Tribunal, es por lo que este Juzgado de conformidad con el artículo 206 del código de procedimiento civil el cual establece: “Los Jueces procuraran la estabilidad de los juicios, evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal, REPONE la causa al estado de decir VISTOS, y lo hace en esta misma fecha por auto separado.-
ABG. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA ,
ABG. YOHISKA MUJICA.
EXP.No . 33. 592.
Realizado por luz y.