ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR


N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-001548
PARTE ACTORA: JOSE DEL CARMEN GONZALEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PATRICIA SANCHEZ
PARTE DEMANDADA: ERNESTA SANTINI
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YAMID GARCÍA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 20 de Abril de 2016, siendo las 11:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen, por ante este tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo, el ciudadano JOSE DEL CARMEN GONZALEZ, en compañía de su apoderada judicial Abg. Patricia Sánchez, inscrita por ante el Inpreabogado bajo el no. 96.841, así mismo comparece, ERNESTA SANTINI, a través de su apoderado judicial Abg. Yamid García, inscrito por ante el Inpreabogado bajo el No. 85.253, según poder acreditado en actas procesales. Seguidamente y luego de liberaciones mutuas, las partes haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, con la intervención mediadora de este juzgador, han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La parte demandada para dar por terminado el presente asunto, ofrece cancelar a la parte actora, la cantidad Cincuenta Mil Bolívares, mediante cheque signado bajo el No. 69735405 del Banco Mercantil, a nombre del actor. Seguidamente toma la palabra el actor y manifiesta libremente y sin constreñimiento alguno, que acepta la cantidad de 50.000 Bolívares ofrecidos, declarando que con el presente pago no tiene nada más que reclamar a la demandada de los conceptos esgrimidos en la demandada. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, se ordena el archivo definitivo del expediente. Se hace entrega de las pruebas promovidas por la demandada.


El Juez


Abg. Federico Rodríguez Petit





Los Presentes La Secretaria