ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016-000043
PARTE ACTORA: LUIS ENRIQUE PARRA GUEBARA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogada Ana Rodríguez, Inpreabogado N° 51.965.
PARTE DEMANDADA: GRANJAS LA CARIDAD, C.A. (GRALACA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: Prestaciones Sociales y Otros Conceptos
En el día hábil de hoy, 4 de Abril de 2016, siendo las 9:41 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de que se encuentra presente la parte actora LUIS ENRIQUE PARRA GUEBARA asistido por la apoderada judicial abogada Ana Rodríguez en su condición de Procuradora de Trabajadores. En este estado el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandada GRANJAS LA CARIDAD, C.A. (GRALACA), ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Este Juzgado de una revisión exhaustiva del expediente se puede evidenciar que la parte actora argumenta en el libelo y en la diligencia de subsanación de fecha 3 de Febrero de 2.016 que la parte demandada tiene su sede principal en el Estado Aragua. Ahora bien como no se le otorgo a la parte demandada el termino de distancia, en aras de mantener el debido proceso y el derecho a la este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REPONE LA PRESENTE CAUSA AL ESTADO DE VOLVER A ADMITIR Y NOTIFICAR A LA DEMANDADA. Así Se Decide.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria
Los Presentes:
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