ACTA



Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-001701
PARTE ACTORA: TITO ARAQUE
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: ELIZABETH CHIRINOS
PARTE DEMANDADA: MUCAVEN, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Neisa Morell.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

En el día hábil de hoy,7 de Abril de 2016, siendo las 10:08 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos TITO ARAQUE y MUCAVEN, C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de cincuenta mil Bolívares (Bs.50.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le son entregados al ciudadano extrabajador en este acto a través de cheques girados en contra de la Institución Financiera BANCO DE VENEZUELA Signados bajos los números: S92-86004563 por veinticinco mil Bolívares (Bs.25.000,00) y S92-11004558 por veinticinco mil Bolívares (Bs.25.000,00) de los cuales se dejan copias simples para ser agregados al expediente, para completar lo ofrecido y aceptado. En este estado la parte actora acepto lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.


El Juez

La Secretaria

Abg. Frank Guanipa





Los Presentes