ACTA DE PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR


ASUNTO: VP01-L-2015-0001031
PARTE ACTORA: ELIDO LOAIZA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: DAVID JOSE SOTO CASTILLO
LITIS CONSORTES PASIVOS: QUIMICA DEL ZULIA, C.A., y ANTONY PERCHA
ABOGADOS ASISTENTES DE LA CODEMANDADA QUIMICA DEL ZULIA, C.A.: DICKSON TOYO y MERCEDES DEL VALLE LOPEZ CORONA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy, martes 5 de abril de 2016, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, se anuncio dicho acto en la Sala de Anuncios de las Audiencias Preliminar de este Circuito Judicial Laboral, y comparecieron por ante este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, los ciudadanos SILVERIO ANTONIO PERCHE COLINA y JENFFRY RUPERTO PERCHE FLORES, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números V-1.652.812 y V-11.299.378, respectivamente, obrando en sus caracteres de Administrador Principal y Administrador Suplente de la demandada QUIMICA DEL ZULIA, C.A., debidamente asistidos de los abogados DICKSON TOYO y MERCEDES DEL VALLE LOPEZ CORONA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 115.193 y 58.247 respectivamente. Seguidamente el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ciudadano ELIDO LOAIZA, ni por ni por medio de apoderado judicial alguno; en virtud de lo cual el Tribunal declara desistido el procedimiento y terminado el proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y así se decide.
Es todo, terminó, se leyó y conformes firman,
LA JUEZA
ABG. JHACNINI TORRES CHIRINOS



LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LA CODEMANDADA QUIMICA DEL ZULIA, C.A. Y LOS ABOGADOS ASISTENTES.


EL SECRETARIO.
ABG. EDIXON FERRER