REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (13) de Abril del dos mil dieciséis (2016)
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2016-000432
PARTE DEMANDANTE: JESUS DEL CARMEN CADENAS FRANCO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: LISBETH LAGUNA
DE LA PARTE DEMANDADA: DROGUERIA CANGREJAS BRISAS DEL LAGO C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: RAMON SILVA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Encontrándose presente en la sala de este despacho el ciudadano JESUS DEL CARMEN CADENAS FRANCO identificado con cedula de identidad numero V-14.303.860 asistido por la abogada LISBETH LAGUNA inscrita en el inpreabogado bajo el numero 153.815 y CANGREJAS BRISAS DEL LAGO C.A representada por su apoderado judicial abogado RAMON SILVA inpreabogado numero 67.715., las partes de mutuo acuerdo renuncia al lapso procesal para la celebración de la audiencia preliminar, solicitando al juez celebrar la misma en el día de hoy a los fines del que el juez medie en la controversia, vista la solicitud de las partes; el tribunal provee lo solicitado y se proceda a celebrar la audiencia preliminar, las partes consigna escrito de transacción constante de 10 folios y copia del cheque agregándose a las actas que conforman el presente asunto, el juez procede a interrogar al trabajador quien manifiesta que con el presente acuerdo quedan satisfechas las pretensiones y los conceptos que por ley le corresponden; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se proveen las copias certificadas, se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo.
El Juez


Abg. Alexis Figueroa

La Secretaria

Los Presentes