IV
DISPOSITIVA

Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 10 de julio de 2013, por el profesional del derecho JUAN ALBERTO PÉREZ GARCÍA, apoderado judicial de la parte demandada, con relación al juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR DERECHO DE ACCESIÓN, seguido por el ciudadano JUAN PARRA DUARTE, contra la ciudadana HILDA MARGARITA SAYAGO DE ALVARADO.

SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, del 2 de julio de 2013

TERCERO: Se condena a la parte apelante en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.

PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE.
Déjese copia certificada por Secretaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, sellada y firmada en la sala de Despacho de este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo, a los veintidós (22) días del mes de septiembre de dos mil quince (2015). AÑOS: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
LA JUEZA SUPERIOR,

Dra. ISMELDA RINCÓN OCANDO
LA SECRETARIA SUPLENTE

Abg. HANNA MANAURE MESTRE

En la misma fecha anterior, siendo las diez horas de la mañana (10:00 a.m.) se dictó y publicó el fallo que antecede
LA SECRETARIA SUPLENTE

Abg. HANNA MANAURE MESTRE