Sol. N° 3412
2158
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Vista la diligencia anterior, suscrita por el ciudadano EDUARDO CARRASCO, asistido por el abogado en ejercicio LUIS LOBO, y los documentos con ella acompañados, el Tribunal ordena agregar a las actas los mismos.
Se inicia el presente procedimiento, por solicitud que encabeza la ciudadana SORAYA DEL ROSARIO MOLERO DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.014.134 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, asistida por el Abogado en ejercicio LUIS LOBO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 203.891 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y los ciudadanos EDUARDO ENRIQUE CARRASCO TORRES, PASTOR DE JESUS CARRASACO TORRES, JOSE RAMON MOLERO CARRASCO, GUSTAVO ALONSO MOLERO CARRASCO y MATILDE LILIANA MOLERO CARRASCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.903.187, V-5.865.170, V-6.207.442, V-6.210.749 y V-10.827.332, respectivamente, y de igual domicilio, quienes afirman actuar en sus condiciones de sobrinos de la de cujus AMALIA ROSA CARRASCO DE MARIN, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.821.214 y que falleció ab-intestato el día seis (06) de mayo de dos quince (2015), en Jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
El día seis (06) de julio de 2015, se le dio entrada y formó expediente, instando el Tribunal, a la solicitante a indicar el nombre de los hermanos de la causante AMALIA ROSA CARRASCO DE MARIN, y en caso de haber fallecido, consignar las respectivas actas de defunción.
En fecha dos (02) de octubre de 2015, el ciudadano EDUARDO CARRASCO, asistido por el abogado LUIS LOBO, diligenció, consignando, las actas de defunción de los ciudadanos JOSE LUIS CARRASCO TORRES, RAMIRO ANTONIO MOLERO CARRASCO y JUAN CARLOS CARRASCO TORRES, afirmando que eran Hermanos de la ciudadana AMALIA ROSA CARRASCO DE MARIN, y que los mismos se encuentran fallecidos.
Ahora bien, luego de una revisión exhaustiva de las actas que conforman la presente solicitud, para este Sentenciador, existen ciertas dudas con respecto a la filiación de los ciudadanos SORAYA DEL ROSARIO MOLERO DE DIAZ, EDUARDO ENRIQUE CARRASCO TORRES, PASTOR DE JESUS CARRASCO TORRES, JOSE RAMON MOLERO CARRASCO, GUSTAVO ALONSO MOLERO CARRASCO y MATILDE LILIANA MOLERO CARRASCO, ya que no está claro el carácter con el que pretenden aducir ser herederos de la de cujus, ciudadana AMALIA ROSA CARRASCO DE MARIN, y mucho menos se determina, el carácter filiatorio que detentan los ya fallecidos JOSE LUIS CARRASCO TORRES, RAMIRO ANTONIO MOLERO CARRASCO y JUAN CARLOS CARRASCO TORRES, ya que en sus Actas de Defunciones no guardan relación con la ciudadana AMALIA ROSA CARRASCO DE MARIN, por no ser los mismos progenitores.
Este Tribunal analizando las actas procesales y tratando de formar un árbol genealógico que permita deducir, en realidad, quiénes son los herederos de la ciudadana AMALIA ROSA CARRASCO DE MARIN, y el carácter que los une a ella por su filiación, no encuentra suficientes elementos que permitan establecer tal carácter de herederos, lo que hace que la presente acción sea desestimada.
En base a los argumentos antes esgrimidos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara INADMISIBLE la presente solicitud. ASÍ SE DECIDE.-
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada por Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 1.364 del Código Civil, a los fines del Artículo 72, Ordinales 3° y 9° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo, a los trece (13) días del mes de octubre de dos mil quince (2015). AÑOS: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.-
El Juez,
La Secretaria,
Abog. Angela Azuaje Rosales
En la misma fecha se dictó y publicó el fallo que antecede, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.) y se agregó constante de tres (03) folios útiles.
La Stria.,
Ir*
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