REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA.- La Asunción, Siete (07) de Octubre de Dos Mil Quince.-
204º y 155º
ASUNTO: EXP-2015-019
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (PERENCIÓN DE LA INSTANCIA)
JUICIO: CIVIL
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
DEMANDANTE: CRUZ JOSE RODRIGUEZ MARIN.
DEMANDADO: MIRTHA ZULEIKA VILORIO HERNANDEZ
El presente juicio se inicio en virtud del libelo de demanda por solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por el ciudadano CRUZ JOSE RODRIGUEZ MARIN, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. V-9.308.264, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JESUS JOSÉ GARRIDO OBANDO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nro. 213.890.
Recibida por distribución en fecha 06-06-2014, vuelto del folio (12).
Por auto de fecha 10-06-2014, el tribunal instó a la parte solicitante a suscribir la presente demanda.
En fecha 12-08-2014, compareció el ciudadano CRUZ JOSE RODREIGUEZ MARIN, debidamente asistido de abogados en su carácter de autos y estampó diligencia ratificando y suscribiendo la presente demanda. Folio (14).
Mediante Auto de fecha 14/08/2014, este tribunal admitió la presente demanda ordenando la citación de la demandada. Folios (15 y 16)
Ahora bien, de la previa revisión de las actuaciones que conforman la presente causa, pasa este Tribunal de Municipio a dictar pronunciamiento previo las siguientes consideraciones:
Establece el Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”.
Al respecto, de lo antes narrado observa este Tribunal de Municipio que la ultima actuación del Tribunal fue en fecha 14/08/2014, y desde allí no se evidencian actuaciones llevadas a cabo por la parte actora, a los fines de impulsar la presente solicitud, lo cual conlleva a que sea decretada la perención de la instancia, por el decaimiento de la acción. Y así se declara.-
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente demanda por DIVORCIO 185-A, presentada por el ciudadano CRUZ JOSE RODRIGUEZ MARIN, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad Nro. V-9.308.264, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio JESUS JOSÉ GARRIDO OBANDO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nro. 213.890, contra la ciudadana MIRTHA ZULEIKA VILORIO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nro. V- 7.142.369; y en consecuencia, se ordena proceder como Sentencia Pasada por Autoridad de Cosa Juzgada, todo ello, conforme a lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-
Regístrese, Publíquese y Déjese copia certificada por Secretaría.
DADA, FIRMADA Y SELLADA en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLÍN DEL CAMPO Y GOMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, a los Ocho (08) días del mes de Octubre del año dos mil Quince (2015). Años: 205° de la Independencia 156° de la Federación.-
LA JUEZ,
ABG. LISBETH VELASQUEZ ORDAZ
LA SECRETARIA,
ABG. MARIANNY VELASQUEZ SALAZAR
LVO/mvs.
EXP. 2014-019
En la misma fecha 08-07-2014, siendo las 11:30 Am, y previa las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior decisión. Conste.-
LA SECRETARIA,
ABG. MARIANNY VELASQUEZ SALAZAR
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