REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta
La Asunción, trece de octubre de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: OP02-V-2015-000178
PARTES: VANESSA ANDREINA YELAMO SANCHEZ titular de la cédula de identidad número V-16.725.937 contra el ciudadano LINO MOISES AVILA ALEMAN, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-19.511.548.
MOTIVO: PRIVACION DE PATRIA POTESTAD (Desistido)
En el día de hoy, trece (13) de Octubre de 2015, siendo las nueve y media (09:30) am, oportunidad para que tenga lugar el inicio de la Fase de SUSTANCIACION de la Audiencia Preliminar a la que se contrae el articulo 474 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con ocasión a la Demanda de PRIVACION DE PATRIA POTESTAD intentada por la ciudadana VANESSA ANDREINA YELAMO SANCHEZ titular de la cédula de identidad número V-16.725.937 contra el ciudadano LINO MOISES AVILA ALEMAN , venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-19.511.548, en beneficio del niño “Cuya Identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la L.O.P.N.N.A.”,
. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección por el Alguacil, y no habiéndose verificado la presencia de ninguna de las partes, se constituyen en el despacho del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, con la Jueza Liz Verónica López de Kosak, la Secretaria de sala Abg. Maria Teresa Millan, el Alguacil. Anunciado dicho acto a las puertas del Circuito Judicial de Protección, por el Alguacil se hace el llamado a las partes, no acudiendo al llamado, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial NINGUNA DE LAS PARTES, evidenciándose la no comparecencia a la audiencia acordada para el día de hoy. En virtud de la incomparecencia de la demandante VANESSA ANDREINA YELAMO SANCHEZ titular de la cédula de identidad número V-16.725.937 a la celebración de la audiencia, sin que se justificara su inasistencia, este tribunal procede a declarar: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana VANESSA ANDREINA YELAMO SANCHEZ titular de la cédula de identidad número V-16.725.937 contra el ciudadano LINO MOISES AVILA ALEMAN , venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad N° V-19.511.548,y TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en este mismo día, según lo consagrado a lo establecido en el artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en atención a la normativa que regula la materia, se les hace saber a las partes que transcurrido un mes, podrán intentar nuevamente su solicitud. TERCERO: Devuélvase originales a las partes, previa su certificación en autos por Secretaría.
No hay condenatoria en costas. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal QUINTO de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en la Asunción, a los trece ( 13 ) días del mes de Octubre del año 2015. Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.
La Jueza
Liz Verónica López La Secretaria
Abg. Maria Teresa Millan
En la misma fecha, siendo las10:25 am se agrega a las actas l a presente sentencia y al sistema juris. Conste.
La Secretaria
Abg. Maria Teresa Millán
|