ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2014-002068

PARTE ACTORA: SORAYA COROMOTO GARCIA PIZARRO

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogado JESÚS SÁNCHEZ, y WILLIAM ROMERO Inpreabogados N° 178.961 y 148.336 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: CENTRO CLINICO LA SAGRADA FAMILIA C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados Deysi Madueño y Alfredo Machado, Inpreabogados N° 34.627 y 7.437 respectivamente.

MOTIVO: Prestaciones Sociales y Otros conceptos

En el día hábil de hoy, 29 de Octubre de 2015, siendo las 10:10 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el apoderado judicial abogado Jesús Sánchez en representación de la demandante y CENTRO CLINICO LA SAGRADA FAMILIA, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por los apoderados judiciales abogados Alfredo Machado y Deysi Madueño, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga en este acto la cantidad de trescientos mil bolívares (Bs. 300.000,00) en cheque de Gerencia de la cuenta N° 0116-0191-06-2120210100 del Banco Occidental de Descuento, cheque N°10665255, Banco Universal, a la orden de Soraya García y con la mención NO ENDOSABLE, con este pago se dan por satisfechos los conceptos reclamados en el libelo de demanda y que damos por reproducidos en esta acta. Las partes consignan transacción en quince (15) folios que agregamos a la presente acta. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se da por terminado el presente asunto y se ordena su archivo definitivo. Se regresan a las partes los escritos de pruebas y los respectivos anexos consignados en la audiencia preliminar.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: