ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2015-000633
PARTE ACTORA: LUIS ALBERTO JIMENEZ
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: ROSA PORTILLO
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA MULTINDUSTRIAL
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: Renee Ponce
MOTIVO: Enfermedad Ocupacional
En el día hábil de hoy,28 de Octubre de 2015, siendo las 10:31 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen CONSTRUCTORA MULTINDUSTRIAL y LUIS ALBERTO JIMENEZ en su carácter de parte demandada y actora respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de ochenta mil Bolívares (Bs.80.000,00) para satisfacer así el concepto reclamado en el escrito libelar, los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador por ante el tribunal el día jueves 5 de Noviembre de 2015 a las 11:00 a.m. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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